lunes, agosto 25, 2008

Capítulo 226 - Para los Entristas, Para los Disfrazados de "Peronistas", El General Perón Era Un Simple Reformista No Un Revolucionario


Pasan los años, y otro gobierno peronista, homenajea a quienes atacaron al Gobierno encabezado por El Lider, mediante el uso del terrorismo y de las armas, con pretensión de derribarlo …Es el caso de Reinaldo Roldán y Héctor Antelo, “citados en el relato de ese episodio que hacen Eduardo Anguita y Martín Caparrós en la página 417 del tomo 3 del libro La Voluntad.” Lo que no entendemos bien es qué motiva se considere que atacar a una unidad del Ejército Argentino, durante un gobierno constitucional, ipso facto otorga a los sanguinarios atacantes el títulos de defensores de los ideales de justicia y de equidad. Creemos que habría que revisar el concepto de justicia y equidad que los terroristas defienden. Lo que no hace mas que darnos la razón cuando expresamos que esta gente lo que menos tiene, es peronismo en sus venas. Tenía razón el general.
Recuerda la publicación que los Montoneros siguieron con un pie en la clandestinidad, hasta que el 6 de septiembre de 1974, durante el gobierno constitucional de esa época, retomaron la lucha armada. Se justificaron, en parte, sugiriendo que Perón había dado el visto bueno para la formación de la Triple A. Ignoro si fue así o no, pero lo que no ignoro es que un grupo de forajidos, de terroristas, que en la actualidad pretenden que se los reconozca como beneméritos de la Patria, traicionaron a su país y atacaron a las fuerzas legales, pretendiendo derribar al gobierno del general Juan Domingo Perón, es decir al presidente constitucional.
Estos sediciosos, intentan confundir a la masa del pueblo, ocultando que ellos estaban procediendo, así por la sencilla razón de que al no poder competir con el peronismo optaron por ingresar disfrazados a ese Movimiento. Estaban haciendo mérito suficiente como para representar ante el general Perón que su proceder, tenía como fin defender, hasta con las armas, a su gobierno constitucional. Me pregunto: ¿Quién los llamó?
Si asistiera razón a estos forajidos, el mismo general, no los hubiera expulsado de la Plaza de Mayo. Tampoco los hubiera criticado como lo hizo. Siguen siendo bandidos, tanto en esa época, como en la actualidad. Siguen siendo lobos, aunque se coloquen encima una piel de oveja. No dudo que el mismo general ya los había calado en cuanto a su catadura moral. Salvo que estos ingenuos, revolucionarios de cartón, hayan creído que Perón no estaba en sus cabales, fundamento que esgrimían para proceder contrariando sus expresas directivas. Algunos se referían a él en forma despectiva, como un “reformista” y no un verdadero revolucionario.
Surge de los propios dichos de Perón, que para esa época existía una situación bélica, una guerra no declarada, que había sido iniciada muchos años antes de su regreso a su Patria. Advirtió oportunamente a los terroristas, para que cesaran en su accionar subversivo, no fue oído. Creemos que tales advertencias fueron contestadas con las críticas emanadas tanto del campo marxista como de su propio Movimiento, donde minúsculos grupúsculos de activos dirigentes marxistas, habían ingresado trasvestidos de manera tal de poder actuar en la clandestinidad, en el Movimiento Justicialista.

Capítulo 225 - Donde Se Habla del Mal Uso Que Se Hace De La Justicia Con El Fin De Concretar La Faida



Cuando le toca a la misma España, resolver sobre el pedido de Almirón, sugestivamente cambia el punto de vista jurídico sostenido en el caso de la G.A.L. y acepta que al citado es dable imputarle la comisión de delitos internacionales y que la acción penal, por la circunstancia citada, no se encuentra prescripta, a pesar del tiempo transcurrido. O sea “un traje a medida”… de Almirón.
Creemos que la Justicia debió hacer abstracción de la política y de la ideología si lo que se quiere hacer es actuar conforme a ella. Pero apelar a estas tretas judiciales, no es ético. No importa que posiblemente este ciudadano, de mala fama, de pésima fama, sea lo que es. El asunto es que sea juzgado conforme a la ley aplicable. Caso contrario nos encontramos ante un linchamiento judicial y ante una “colonización judicial”.
Con permiso de Arturo Larrabure, acudo a párrafos de su alegato judicial, ocasión en que citando a Manfroni deja establecidas y pone de relieve las pautas que tendría que seguir la Justicia para valorar acciones constitutivas de delitos internacionales, para calificarlos como tal o no. En efecto, se sostiene en el libelo aludido: “Piensa Manfroni que "si la mutilación de doctrina, tratados y jurisprudencia internacionales tiene lugar en el contexto de circunstancia objetivas que, desde el punto de vista de un observador razonable, pueden hacer presumir una parcialidad sistemática para la aplicación de la norma a determinados grupos de personas (o, al menos, generar legítimas dudas sobre la imparcialidad), todo el aparato de juzgamiento del Estado con competencia en la materia entraría en crisis y los fallos deberían ser examinados en un contexto político diferente que pudiere existir en el futuro o, eventualmente, por una instancia internacional.” Ello es así, en virtud de la garantía de juicio imparcial que reconoce el artículo 8, inciso 1, de la Convención Americana de Derechos Humanos.”
“La existencia de funcionarios, dentro del gobierno, que podrían verse afectados en forma personal por una readecuación del concepto de delitos de lesa humanidad a los actos de organizaciones terroristas, guerrilleras o insurgentes, tampoco es, considerada aisladamente, una circunstancia que decididamente debe invalidar la legitimidad del aparato juridisccional. Pero si esos funcionarios forman una masa crítica de poder, capaz de influir sobre el sistema de juzgamiento de este tipo de ilícitos, entonces sí la garantía del juicio imparcial del Pacto de San José de Costa Rica estaría seriamente afectada" Una prueba cabal de ello – finaliza Larrabure- es el planteo para que se declare nulo el dictamen del Fiscal General Palacín, imputándole que, en lugar de él, debió resolver la Cámara.”.
En el diario Perfil del 17 de febrero de 2008 luce una nota, que ayuda posiblemente a desenmascarar a quienes, al decir del general Juan Domingo Perón, se ponen la camiseta de peronistas, para arrimar agua a su propio molino. .
Expresa la citada publicación que, en principio, como un “merecido homenaje a los desaparecidos y asesinados durante la última dictadura, se emplazó el monumento a las Víctimas del terrorismo de Estado, sito en la Costanera porteña, el que actualmente abarca a “los que murieron combatiendo por los mismos ideales de justicia y equidad”.
Los guerrilleros que perdieron la vida, en el sanguinario asalto subversivo al cuartel de la unidad de Azul, al que nos referimos precedentemente, figuran también en la lista de los homenajeados
. Confesamos que es sumamente dificultoso entender como funcionarios pertenecientes a un gobierno peronista, homenajean a individuos que atentaron contra la unidad militar de Azul. Ataque armado que fue concretado durante el tercer mandato del general Juan Domingo Perón. Ataque que fue condenado por Perón, con la vehemencia del caso, ya que lo consideró un ataque al gobierno peronista.

lunes, agosto 11, 2008

Capítulo 224 - Los Grupos Antiterroristas de Liberación Otra Triple A.


Argentina, país que inventó el juego criollo del Truco, apeló a tal invento vernáculo, e ideó el denominado “Terrorismo de Estado”, tipo penal que nadie conoce, que no figura tipificado en el Código Penal Argentino, sino en las mentes calenturientas de ciertos ideólogos de la subversión. Y también apeló, por carácter transitivo a los delitos de Lesa Humanidad y a los Crímenes de Guerra.
Estimamos que no es la ocasión de discutir al respecto, pero sí es la ocasión de dejar aclarado que en España, cosa que los argentinos no tenemos la obligación de conocer, en la época en que era jefe de gobierno Felipe González, existió una organización similar a la Triple A, denominada G.A.L. o sea “Grupos Antiterroristas de Liberación”, agrupaciones que practicaron el denominado terrorismo de Estado contra el grupo terrorista ETA y su entorno etarra, durante la década de 1980. Fueron creados y dirigidos por altos funcionarios del Ministerio del Interior de España.
La Justicia española, por medio del Tribunal Supremo en el Caso Marey, en el considerando nº 28 resolvió sobre la prescripción opuesta en esas actuaciones. Nada se dijo sobre la presunta comisión de Delitos de lesa Humanidad o Crímenes de Guerra, se rechazó la excepción de prescripción de la acción penal, conforme las normas legales del derecho penal común.
La similitud entre esta organización ilícita y la Triple A, es que ambas nacieron al amparo del Estado. Pero cuando, llegado el caso, la Justicia española fue llamada a entender en las pertinentes actuaciones, no calificó el proceder de los imputados como delitos internacionales. A pesar de que asesinaron, secuestraron a etarras y procedieron en forma clandestina, con la cobertura que les da el Estado español, se les imputó a los acusados, delitos comunes tipificados en las leyes locales.