jueves, julio 05, 2012

Capítulo 518 - La Argentina, no puede ceder un mínimo de su soberanía, sin previamente convocar al pueblo a un referéndum.



 (continuación)

La institucionalidad de la eurozona, más profunda que el incipiente Mercosur, con instituciones más desarrolladas que por ejemplo, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos o la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, con las consiguientes obligaciones por parte de los Estados que la integran, podrían hacernos suponer que cada Estado europeo, como en el caso de la Argentina, se ata de pies y manos a las resoluciones tomadas por el organismo que las agrupa, vale decir cada país tendría que obedecer sin hesitar, lo que los organismos directivos de la Unión Europea resuelvan. Y sin embargo no es así. Es como si cada Estado parte hubiera leído a Joaquín V. González, obrando en consecuencia. Habida cuenta la Resolución 2.131 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, del 21 de diciembre de 1965 podemos observar que Alemania no resolvió seguir mansamente lo que se vaya a decidir y a la fecha no accedió a incrementar el Fondo de Rescate Europeo.

La canciller germana, Ángela Merkel, se ha limitado a asegurar este martes que hará todo lo que pueda para reconstruir la confianza en la endeudada economía de Grecia. "Aportaremos toda la ayuda deseada desde el lado alemán para que Grecia recupere la confianza", aseguró Merkel en una conferencia ante un grupo de empresarios industriales, ante el cual también intervino este martes el primer ministro griego, George Papandreu, quien prometió, una vez más, que "Grecia cumplirá todos los compromisos adquiridos" con las autoridades internacionales para recibir el siguiente tramo de ayuda en octubre, de 8.000 millones de euros, para evitar la quiebra. Así pues, mientras que Bruselas, Washington y el propio Fondo Monetario Internacional (FMI) negocian sobre cómo ampliar el Fondo de rescate, Berlín evita pronunciarse. De hecho, el ministro de Finanzas alemán, Wolfgang Schäuble, señaló el lunes que los europeos "no tienen la intención de reforzar", desmintiendo así los rumores acerca del nuevo mecanismo. Por un lado, Andreas Vosskuhle, presidente del Tribunal Constitucional (TC) de Alemania lanzó una durísima advertencia a Merkel. La ampliación del Fondo supondría una cesión de soberanía a la UE por parte del pueblo alemán, y ello sería ilegal sin la aprobación de un referéndum para dotar al país de una nueva Constitución. "No se puede hacer sin el pueblo", aseveró en una entrevista al diario Frankfurter Allgemeine. El TC ya se pronunció en contra de los eurobonos recientemente, aunque con ciertos matices. No es el único. Alemania afronta el jueves una votación crucial para aumentar y flexibilizar el Fondo de rescate, tal y como acordó el Eurogrupo el pasado 21 de julio. Sin embargo, ni esta reforma ni mucho menos la monetización que ahora pretende Bruselas, cuentan con el apoyo mayoritario de los socios de Gobierno de Merkel (el FDP y el CSU). "A menos que el ministro de Finanzas puede dar una garantía inmediata de que no habrá ninguna fórmula de apalancamiento no voy a votar por esta ley", advirtió Hermann Otto Solms-Hohensolms-Lich, vicepresidente del Bundestag (Parlamento germano) y jefe de finanzas de los liberales (FDP). Fuente: Libre Mercado -27 de septiembre del 2011.

En principio Berlín ve factible este proceso, pero tan sólo a medio y largo plazo, ya que exige la creación a priori de una auténtica unión política en donde cada país miembro ceda su soberanía presupuestaria y económica a Bruselas. Los contribuyentes alemanes no están dispuestos a cargar con las facturas de los países en problemas (Portugal, Italia, Irlanda, Grecia y España: los llamados PIIGS) sin que exista un mecanismo creíble y efectivo para controlar estrechamente sus cuentas. De hecho, su Tribunal Constitucional ya dejó claro que sin cesión total de soberanía tampoco habrá eurobonos. Curiosamente, Francia es uno de los países más reticentes a tal cesión. Podemos sacar en limpio, de lo que afirmamos precedentemente, que aun en la Europa integrada, más aun que nuestra Latinoamérica, se conserva el prurito de dejar a salvo que la soberanía es lo último que se negocia. Y que, en caso de verse obligada una nación a hacerlo, deberán tomarse antes todas las medidas institucionales que avalen tal paso. Jens Weidmann, presidente del Bundesbank al referirse a este delicado paso, cuya procedibilidad se discute en Alemania, advirtió: “Si de verdad queremos avanzar hacia una unión política, tenemos que reconocer un entorno completamente nuevo, y eso significa que todos tendríamos que renunciar a una soberanía nacional considerable. Significa que una instancia central puede interferir directamente en los presupuestos y los impuestos para imponer el cumplimiento de los acuerdos. Tenemos que preguntarnos con honestidad si estamos dispuestos a ceder tanta soberanía nacional [...]. Llevará años y años. Tendríamos que modificar los tratados de la UE y nuestras Constituciones, e incluso celebrar un referéndum en el caso de Alemania”.

Recordemos que Alemania y Argentina fueron oportunamente muy exigentes tratando de evitar transgredir normas constitucionales, en ocasión de rubricarse la Convención de Viena sobre el derecho de los Tratados y en ocasión de efectuarse lo propio con relación al art. 15, inc. 2º, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Tal pacto fue aprobado por nuestro país mediante la sanción de la ley 23.313, publicada el 13 de mayo de 1986, norma que en su art. 4ºe  estableció la siguiente reserva: “El Gobierno Argentino manifiesta que la aplicación del apartado segundo del art. 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, deberá estar sujeta al principio establecido en el art. 18 de nuestra Constitución Nacional”. No debemos pasar por alto que, la incorporación de tal pacto, a nuestra Constitución Nacional, en ocasión de  ser reformada en 1994 se concretó En las condiciones de su vigencia”. Es decir con la reserva incluida. Fácil es arribar a la ineludible conclusión de que no debemos forzar la interpretación del mismo tal como lo hizo nuestra Justicia en ocasión de aplicarlo. La particular visión de nuestro más Alto Tribunal, colisiona con la obligación de respetar integralmente los principios aludidos. No podemos entender como nuestra justicia arremete sin más contra las normas fundamentales, haciendo caso omiso de las obligaciones del Estado Argentino, referidas a la rúbrica del citado convenio internacional. Nuestros jueces en más de una ocasión, nos recuerdan la expresión latina  Pacta sunt servanda”, pero nos los recuerdan en forma utilitaria. En el caso que recordamos, debe aplicarse más que en otras ocasiones posiblemente, las remanida  expresión romana antes citada. También podemos pensar, ante la actitud de los funcionarios judiciales, que han pasado por alto que  Nemo auditur propiam turpidunem allegans”, ya que si el propio Estado formula una reserva, no puede con el codo borrar lo que escribe con su mano.  

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