sábado, marzo 28, 2015

Capítulo 774 - Casi salen ganando los imputados en el atentado a la AMIA




                                                                 Fiscal Dr.Alberto S. Nisman
(continuación) 
Señaló el citado el fiscal en la denuncia que concreta ante la Justicia, que de los ocho  imputados en la causa AMIA, con solicitud de captura nacional e internacional, cinco de ellos ostentan prioridad de búsqueda para Interpol (circulares rojas técnicamente hablando)”estos sujetos ostentan un significativo peso en la escena política iraní. Las pruebas obtenidas indican que han existido negociaciones y acuerdos previos entre las partes sobre el cese de las notificaciones rojas de Interpol, máxime teniendo en cuenta que -conforme arrojan los elementos reunidos- ese cometido constituyó el interés central para las autoridades iraníes en este acuerdo y el Canciller Timerman aceptó las pretensiones de la contraparte.

Más allá de sus declaraciones públicas en sentido contrario, resulta claro que sostener la verdad, hubiese implicado confesar su participación en el plan ideado además de incompatible con los reclamos de justicia de nuestro país y traería fuertes repercusiones a nivel mundial, motivo por el cual -conforme lo revelan los hechos- el Canciller habría realizado actos con los cuales busco inducir a la baja de las alertas rojas y, consecuentemente, satisfacer las aspiraciones persas pero ellos no tuvieron la recepción esperada en Interpol. (…)


“La disposición séptima del Memorando de Entendimiento fue el punto de partida para habilitar la baja de esas notificaciones, es decir, el primer paso para garantizar la impunidad de los imputados.”.
En realidad, por lo sucedido luego de la rúbrica del Memorándum, deseamos poner de resalto que, efectivamente compartimos tal tesitura, la firma por ambos países tenía por finalidad primordial, al menos para Irán, “inducir a la baja de las alertas rojas”. Así de simple. Pero los hechos demuestran que no es tan así. Lo que se deseaba, afinando la puntería, no era la baja sino la “suspensión”. Evidentemente no es lo mismo cancelar las ordenes de captura que suspenderlas, pero los fines que perseguía el gobierno de Irán, da exactamente lo mismo.  

En ese sentido, el fiscal Nisman, afirmó que la maniobra para dar de baja las notificaciones rojas de Interpol se tradujo con sutileza en el texto del acuerdo, precisamente en el punto 7° que establece: "Este acuerdo, luego de ser firmado, será remitido conjuntamente por ambos cancilleres al Secretario General de Interpol en cumplimiento a requisitos exigidos por Interpol con relación a este caso". La redacción del artículo, cuya operatividad a sola firma era la única del tratado, permitía sospechar e incluso generó la inquietud de múltiples sectores en torno a una posible baja de las notificaciones rojas.” (…)
En ese sentido, basta con observar la interpretación que Irán tenía del referido punto del acuerdo, al leer lo afirmado por la agencia oficial de noticias iraní (IRNA) bajo el título "Memorando de Entendimiento firmado entre Irán y Argentina: Gran éxito diplomático".


Otro elemento que revela la idea que del mismo se tuvo en aquel país resulta el análisis jurídico que del texto del acuerdo realizó el experto iraní en derecho internacional, Mohammad Hossein Mahdavi, así para el jurista: "El propósito del artículo [punto 7 del memorando], en realidad, era que las dos partes conjuntamente señalaban a Interpol que la diferencia entre las dos partes por el caso AMIA, y que motivó que algunas personas aparezcan en la lista de alerta roja de esta organización, se había resuelto a través de la cooperación mutua, y por lo tanto, la Interpol podía anular esta lista...." (Mahdavi, Mohammad Hossein, "Memorando de Entendimiento firmado entre Irán y Argentina: Gran éxito diplomático", IRNA, 7/2/2013). Podemos añadir que “la diferencia” anteriormente referida se trataba de nada menos de 85 muertos y centenares de heridos, merced a la intervención de los prófugos de la Justicia argentina.  


Es lo mismo que, en su oportunidad, el general Rafael Videla hubiera accedido a conversar con las autoridades de nuestro país, acerca de la desaparición de miles de personas y que se expresara que estaban tratando algunas “diferencias” producidas entre las partes. Demás está señalar que lo que los iraníes llaman “diferencia” no es un entuerto jurídico civil o comercial sino una imputación penal internacional, por un delito de lesa humanidad. Indudablemente nuestro país actuó de manera absolutamente contraria a sus intereses, sin esgrimir diplomáticamente su legítimo derecho, a defenderse de un agresor. Del contenido de este tratado no se desprende que cambie absolutamente la situación procesal de los imputados. Y, lo que es peor, no se observa absolutamente nada que beneficie a la Argentina. Eventualmente, los únicos beneficiarios de este pacto siniestro, son los terroristas.  Los que atentaron contra la AMIA, hoy prófugos de la justicia argentina y con captura internacional. Nuestro país, de tal suerte, incumple diversos tratados y convenciones contra el terrorismo, a riesgo de merecer sanción internacional. Que le opone la Argentina, en cambio? La inequivalencia de las condiciones. Para una parte todo, para la otra nada. 

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