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lunes, mayo 23, 2011

Capítulo 391 - La conducta de ciertos jueces entorpece la aplicación del DIHC

(continuación)

Además de tener en cuenta las normas internacionales del caso, no debemos pasar por alto la calidad e idoneidad de los jueces que deben administrar justicia, en los casos específicos de quienes en la Argentina se encuentra privados de su libertad, desde hace años, en lo que podemos considerar verdaderas penas anticipadas, lo que al parecer es de hecho, una verdadera “venganza o retaliación judicial”, quiérase o no. Téngase presente que una situación tan grave como la reseñada se encuentra prohibida por los Tratados Internacionales pertinentes, relacionados con la defensa de los Derechos Humanos.