viernes, octubre 31, 2008

Capítulo 230 - La Administración de Justicia es una Excelente Herramienta en Manos de los Subversivos


Los jueces, pasan por alto y no le dan importancia alguna, a una circunstancia que es fundamental en la correcta apreciación de los medios de prueba de las defensas de los imputados por violaciones de los Derechos Humanos. Al parecer solamente a ellos se les puede efectuar tal tipo de imputaciones, y los que violaron esos Derechos, pero si gozan del status de ex-terroristas o siguen siendo terrorristas , son eximidos de esos cargos. A su favor cuentan con el instituto de la prescripción de la acción penal, el Estado sanciona el olvido del accionar criminal de estos feroces asesinos o eventualmente los “perdona”, en aras de una imposible “reconciliación. Y mas que nada, gracias a las mentiras emanadas desde lo alto del mismo Estado, cuentan eventualmente, hasta con el favor de la ciudadanía, a la que torpemente se le miente, con el fin de tenerla esclavizada. Recuerdo una frase famosa de Séneca: “No hay peor esclavitud que la esclavitud voluntaria”.

Estimamos que, aun sin compartir en absoluto la postura jurídica de la justicia argentina, es dable tener por acreditado, sin mayores problemas, que todos los integrantes de las sanguinarias organizaciones terroristas subversivas, los que atacaron las instituciones de la Constitución Nacional, no actuaron en forma autónoma fueron cobijados, ayudados y amparados por el Estado Cubano o sea por el tirano cubano Fidel Castro y los suyos. En una palabra, fueron ayudados por el Estado Cubano, lo que trae aparejado que los terroristas pueden ser, eventualmente, imputados por delitos internacionales.

Si retrocedemos al 15 de enero de 1966, recordemos que en esa fecha, se celebró en La Habana, Cuba la conocida conferencia Tricontinental. Las 27 delegaciones de la América Latina, que concurrieron a la reunión citada, constituyeron la denominada “Organización Latinoamericana de Solidaridad (O.L.A.S.). A un año de su creación, en el mes de julio de 1967 se llevó a cabo en ese mismo lugar la primera reunión de este nuevo organismo, asistiendo, entre otros delegados William Cooke y otros personajes, representando a la Argentina. Chile fue representado por Salvador Allende y así numerosos países latinoamericanos.

La “solidaridad” de estos promotores de la guerrilla internacional, en Latinoamérica consistió en crear un organismo coordinador de la lucha guerrillera en ese territorio. Usaron la Tricontinental para poder crear grupos terroristas, los que se encargarían de desatar guerrillas de baja intensidad, penetrarían políticamente y favorecerían el espionaje. Recordemos que ésta era la teoría de Cook, a la sazón delegado argentino a la conferencia citada.

La O.L.A.S. prometía también proporcionar “(…) santuario, comunicaciones, entrenamiento y dinero a todas las organizaciones clandestinas que emplean la violencia, como las Brigadas Rojas, los Tupamaros, los Montoneros, el MIR chileno, los comandos palestinos de George Habash, grupos comandos en México, los Macheteros en Puerto Rico, la Organización para la Organización de Liberación de Palestina (OLP), el Comando Budiá, el Frente de Liberación de Carlos Semprún y a otro montón de organizaciones más pequeñas (…). “ Los primeros cuadros de la organización vasca ETA fueron instruidos en la cultura del terrorismo por Cuba ya desde 1964. Con meticuloso cuidado, Castro había usado gruesas sumas de dinero y había ayudado a construir una enmarañada estructura de contactos en Europa que puso a disposición de estas cofradías parroquiales terroristas.”. (http://www.analitica.com/va/internacionales/opinion/7405074.asp).

Se impone una pregunta: ¿A esta altura, alguien con dos dedos de frente, podría dudar un minuto sobre la intervención del Estado de Cuba, en la promoción de la guerrilla en todo Latinoamérica incluyendo, por cierto, a la Argentina? Alguien puede negar, sin ruborizarse, que el Estado Cubano ha proporcionado santuario, comunicaciones, entrenamiento y dinero a todas las organizaciones clandestinas que emplean la violencia"?

sábado, octubre 18, 2008

Capítulo 229 - Nuestra Justicia Ya No Tiene Venda

(continuación) Inventaron una condición de viabilidad de la acción penal, en materia internacional, que no reconoce ni aplica absolutamente ningún país en el mundo. Con ello se terminó de redondear la exclusión de punibilidad de los integrantes de la guerrilla terrorista, ya que se sostiene que los delitos que podrían haber cometido no son internacionales sino comunes. Ante esa calidad artificial, inventada, de hecho han prescripto las acciones penales de los eventos imputados a los terroristas argentinos.

"Casualmente", oh ironía, esta interpretación retorcida benefició a centenares de “Amigos del Poder”. Creemos que o se investiga a todos o no se investiga a nadie. No se puede usar a la justicia para concretar una suerte de linchamiento judicial, como anteriormente hemos afirmado.

Nos apresuramos a dejar sentado, que no emitiremos de ninguna manera un juicio de valor al respecto, pero sin perjuicio de ello, no encontramos la razón como para iniciar el lapso investigativo de la triple A, solamente a partir del mandato de Isabelita Perón.

Si existen sospechas, en una palabra, de que durante el mandato del general Juan Domingo Perón han ocurrido los eventos que se imputan a los integrantes de la Triple A, las mismas razones que se aducen para procesarla a María Estela Martínez de Perón, son valederas como para considerar que durante el mandato de Perón, ocurrió exactamente lo mismo. Es decir, con la complicidad activa o pasiva de las autoridades estatales, se violaron los Derechos Humanos.

Empero, observamos asombrados, que la solución en un caso y en el otro, no se asemejan. No es la misma solución a idéntico problema.

Otro aspecto a tener en cuenta, ya que hablamos del riguroso respeto a la libertad de defensa, para los imputados en estos juicios de violaciones a los derechos humanos, es la circunstancia citada de que en la Argentina, no se le aplican las leyes penales internacionales sino a los funcionarios estatales y/o a los paraestatales o paramilitares. En la Argentina, un subversivo sin relación con un Estado, puede violar los derechos humanos de la manera mas infame, mas cruel, mas abyecta, pero al parecer para nuestros Tribunales, tal accionar delictivo internacional, sería tipificado como delito penal común.