miércoles, junio 11, 2008

Capítulo 222 - Utilización de la Justicia Con el Propósito de Acceder al Recinto de la Venganza Judicial


“Para los subversivos terroristas todos estos hechos configuraban ‘operaciones militares’ realizadas en el contexto de la ‘Guerra Revolucionaria’. Es decir que tenían clara conciencia que estaban protagonizando una GUERRA, se habían preparado para desarrollarla-tanto ideológica como militarmente- y habían adoptado una estructura clandestina y celular para dificultar su identificación.” “Siempre recalcaban ese “estado de guerra”en todos sus comunicaciones , en particular en sus ‘partes’ y ‘comunicados’ de operaciones y terminada la lucha armada por su derrota militar, sus principales dirigentes también lo hicieron en libros o en entrevistas con los medios de comunicación social. Sólo los abogados, las organizaciones de derechos humanos (parcializadas y conducidas por la izquierda) y los familiares, que lograron implementar un gran negocio económico con las distintas indemnizaciones para su sector, sostienen lo contrario por razones jurídicas y pecuniarias.”. (Web “Década del 70 – Guerra Revolucionaria en la República Argentina)
A tal afirmación, nos permitimos añadir la circunstancia de que integrantes de nuestra Justicia, incluida la Corte Suprema de Justicia, también son responsables de que se haya cometido una iniquidad, que condujo a una ineluctable aporía. No otra cosa podemos sostener cuando nos encontramos ante la pretoriana creación del término “Terrorismo de Estado”, utilizado como agravante de una acción bélica. Resaltamos que este singular calificativo, no jurídico en absoluto, fue objeto de expresiones satíricas en el dictamen del fiscal español, que se expidió en los pedidos de extradición de María Estela Martínez de Perón a lo que unimos las inusuales expresiones usadas por los magistrados que dieron su veredicto negativo al respecto, dejando entrever que les parecía “raro” cuanto menos, que después de 30 años haya resucitado esta suerte de fiebre vindicativa en los funcionarios judiciales de la Argentina, intentando hacer aparecer, de cualquier forma, que los eventos debían ser calificados como Delitos de Lesa Humanidad, con el intento de no interrumpir la prescripción de ellos.

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