jueves, marzo 22, 2007

Capítulo 94 - Indultos - Arbitrariedades Jurídicas

(continuación)
En 1983, cuando estábamos en los inicios de la actual era democrática, la Justicia investigó la actuación de los excomandantes en jefe durante el lapso del Proceso de Reorganización Nacional y simultáneamente la de los cabecillas de distintas organizaciones terroristas, tanto de izquierda como de derecha. En cuanto a los primeros, fueron sancionados con penas gravísimas, pero los responsables del terrorismo fueron beneficiados con el indulto presidencial cuando el titular de Poder Ejecutivo era el doctor Carlos S. Menem.
En efecto, se instruyeron sendas causas criminales, pero la que tramitó ante la Cámara Federal finalizó antes y se condenó a los responsables de las Juntas Militares que fueron hallados culpables y responsables. En cuanto a las investigaciones en las causas seguidas a los principales dirigentes y responsables de las organizaciones subversivas de extrema derecha y de extrema izquierda, tramitaron lentamente hasta que se procedió por parte del Poder Ejecutivo de la Nación a indultar a los condenados en las causas militares y a quienes se procesó en las otras causas.
Se efectivizó el indulto presidencial a favor de los acusados y condenados, y de los imputados con causas penales en trámite, como reiteradamente fue aceptado por la jurisprudencia argentina, durante el lapso de casi un siglo. Tanto los militares, acusados de excesos en el cumplimiento de sus obligaciones castrenses, como los delincuentes subversivos, fueron indultados por el Poder Ejecutivo de la Nación mediante los decretos números 1002/89 y 1003/89 y otros, cuyo basamento legal es el inciso 6º del art. 86 de la Constitución Nacional, ya que se consideró, en la emergencia, que dicho acto constituye una atribución personalísima del Presidente de la Nación.
En el mencionado decreto se hizo mención especial a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re Ibáñez (Fallos 136:258) fundamentado el Presidente, de esa época, su decisión en lo que oportunamente resolvió nuestro mas Alto tribunal, en casos similares.


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