lunes, agosto 06, 2007

Capítulo 135 - Guerrilleros Ugandeses Procesados por la Corte Penal Internacional

(continuación)

El lector ha leído bien, este acusado, no reúne los requisitos que, según la caprichosa Justicia argentina, deben reunir quienes son imputados por los delitos internacionales anteriormente reseñados. No es ni ha sido nunca Thomas Dubanga Dyilo, un funcionario estatal.

Al tiempo que se instruían las actuaciones judiciales, en las que se imputaban los eventos criminosos internacionales, sucedidos en la República Democrática del Congo, la Corte Penal Internacional se avocó, en paralelo, a otros hechos presuntamente criminosos, sucedidos en Uganda.

En esa ocasión y como resultado de la investigación practicada por el fiscal, la Corte Penal Internacional decretó la captura de cinco dirigentes ugandeses, incluido Joseph Koy, líder de la organización guerrillera denominada “Ejército de Resistencia del Señor” y Vicent Otti, el número dos del movimiento citado.

Tales órdenes de detención ostentan, con la de Thomas Dubanga Dyilo el líder de la República Popular del Congo, el dudoso privilegio de ser las primeras emanadas de ese Tribunal, desde que se puso en marcha en julio de 2002.

Esta organización guerrillera, en lucha contra las fuerzas del gobierno ugandés, se encuentra imputada de gravísimas violaciones de los derechos humanos enrostrándosele asesinatos masivos, torturas y secuestro de niños para obligarlos a combatir en sus filas, contra las fuerzas gubernamentales. Según la organización Amnistía Internacional, alrededor del 90% de sus combatientes, son antiguos niños soldado.

La detención de los imputados fue emitida por la Sala de Cuestiones Prelimares Número Dos e incluye además a otros tres históricos de esta organización, Okot Odhiambo, Dominic Ongwen y Raska Lukwiya, basándose la misma en que “hay razonables motivos para creer que ordenaron la comisión de crímenes incluidos en la jurisdicción de ese tribunal”, conforme comunicado oficial.

La organización guerrillera “Ejército de Resistencia del Señor” desde hace mas de 19 años, combate al gobierno ugandés.” El fundador del mismo, Joseph Kony, es un antiguo monaguillo que se ha propuesto gobernar su país bajo la inspiración de los Diez Mandamientos, para lo cual ha acudido a prácticas tan poco bíblicas como secuestrar a menores para obligar a las niñas a ejercer como esclavas sexuales y a los niños a combatir en sus filas. Se calcula que al menos 20.000 niños han sido víctimas del conflicto”. (www.lukor.com)

Como es fácil deducir, en este segundo caso al que se avoca plenamente, es evidente que la Corte Penal Internacional no se ha pronunciado, declarando su incompetencia, pateando la pelota hacia adelante como en la Argentina. Ha seguido fiel a su conducta, cuando se le someten causas en las que se investigan crímenes internacionales, haciendo caso omiso del pretexto, ya que otra cosa no es, de que los imputados no son funcionarios gubernamentales. La Justicia argentina, maguer sus reiteradas afirmaciones, en el sentido de que imperativamente, siguen los designios del derecho consuetudinario, como una verdadera obligación emanada del derecho positivo, se habría pronunciado, eventualmente, expresando que la calificación de tales eventos, no encontraría subordinación legal, en la comisión de delitos internacionales, puesto que los imputados no son funcionarios del Estado o paraestatales.

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