jueves, enero 28, 2016

Capítulo 834 - Tratamiento diferenciado de los reclusos en Argentina y en España.















(continuación)
Leyendo la nota citada, acudió a mi memoria otra nota muy parecida, con las diferencias lógicas, pero emanada en este caso de la justicia española. Reseña la web española de Libertad Digital del 19 de septiembre de 2012, la situación procesal del condenado por la justicia de España, el etarra Iosu Uribetxeberria Bolinaga. La Sección Primera de la Audiencia Nacional, le concedió la libertad condicional al aludido con el argumento de que se comprobó la existencia de un “peligro patente” para la vida del aludido, que se manifiesta de “manera clara, evidente y manifiesta”.  
Trae a colación la autora de la nota, la resolución de los magistrados integrantes del tribunal, ocasión en que se confirma la libertad concedida por el a quo, en razón de que todos los informes médicos sobre la vida del terrorista Bolinaga coinciden en afirmar que el cáncer con metástasis que padece el ya expreso es "muy grave e incurable".

En el auto se subraya que la diferencia entre los diferentes facultativos surge en torno al pronóstico de supervivencia del secuestrador de Ortega Lara y asesino de tres guardias civiles pero no sobre la gravedad de su enfermedad. Asimismo, la Sala recuerda que "la libertad condicional no significa la liberación del condenado ni la extinción de su responsabilidad penal" y que se debe anticipar por "razones humanitarias en el caso de personas de avanzada edad y de enfermos muy graves con padecimientos incurables".

Por otro lado, la Sala destaca que "la ley incorpora a nuestro sistema el principio de humanidad de las penas (...). Y es que el principio de humanidad que incorpora el artículo 92 del Código Penal donde se regula la libertad condicional- tiene carácter incondicionado, no pudiendo depender de la gravedad de las conductas sancionadas, ni de la entidad de los daños causados por el delito, ni de los fines que se persiguen con la imposición de la pena". La resolución cuenta con el voto particular del magistrado Poveda que se mostró en contra de la excarcelación de Bolinagadonde se argumenta que ningún informe médico menciona "un riesgo de muerte patente.(Fuente: Libertad Digital,. 19-09-2012)

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