martes, mayo 29, 2012

Capítulo 501 - La Oficina del Alto Comisionado para la Paz, de las NN.UU. condena la actividad de los guerrilleros que cometen infracciones a las normas que rigen las hostilidades.




(continuación)

Volviendo a Latinoamérica, a la fecha, todavía mantiene su vigencia la agrupación conocida como FARC o sea Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia. La relación de esta guerrilla despiadada con las similares de distintos países del Continente, no hace falta demostrarla. Ellos mismos, en numerosas ocasiones se han encargado de difundirlo, mediante declaraciones que hicieron públicas y, lamentablemente, mediante su sanguinaria actividad. Ante el cariz de los acontecimientos bélicos que ocurrían en Colombia, numerosas organizaciones internacionales en diversas ocasiones, instaron a las partes en lucha a que ajustaran su proceder a las normas internacionales, humanizando la lucha que las enfrentaba. Podemos citar, a título de ejemplo, que se  les solicitó a los guerrilleros, por Parte de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos que “Frente a la situación de conflicto armado entre las Fuerzas Armadas y los grupos guerrilleros que ha cobrado un sinnúmero de víctimas inocentes de la población civil, la CIDH considera importante se de cumplimiento a las normas del Derecho Internacional Humanitario, en particular al artículo 3, común de los Convenios de Ginebra de 1949 y se considere la adhesión al Protocolo II Adicional a las Convenciones de Ginebra, relativo a la protección de las víctimas en los conflictos armados no internacionales.”. La Comisión de Derechos Humanos, ONU les hizo conocer que “La Comisión urge a los grupos guerrilleros en Colombia a respetar las normas del derecho internacional humanitario y, especialmente, a abandonar el uso del secuestro, la toma de rehenes, las minas antipersonales, los asesinatos indiscriminados y todo ataque a la población civil.  La Comisión hace un llamado para la liberación, por razones humanitarias, de los 70 soldados colombianos retenidos por un grupo guerrillero desde agosto de 1996.”.  (Declaración de la Presidente, 1997 párrafo 5).  

Al instarlos a respetar tales normas, la Comisión elípticamente les señala a los guerrilleros, que no deben incurrir en crímenes de guerra. El secuestro, la toma de rehenes, la colocación de minas antipersonales, los asesinatos indiscriminados y el ataque a la población civil, según las normas internacionales ingresan taxativamente en la categoría de  crímenes de guerra. 

También les recordó a los integrantes de la guerrilla,  que “La Comisión condena las prácticas terroristas y demás actos violentos perpetrados por los grupos guerrilleros que violan el derecho internacional humanitario.  Pide a los grupos guerrilleros que respeten las normas del derecho internacional humanitario y, especialmente, condena los asesinatos y todos los ataques a la población civil, las matanzas indiscriminadas, el secuestro y las amenazas de ejecutar a nacionales y extranjeros, la toma de rehenes, el amplio uso de minas antipersonal y el reclutamiento de niños. Del mismo modo, la Comisión condena el sabotaje electoral emprendido por los grupos guerrilleros mediante el secuestro y el asesinato de candidatos a cargos públicos de elección popular, así como el asesinato de varios alcaldes que no han cedido a sus presiones. Insta a los grupos guerrilleros a dejar en libertad a los alcaldes que mantienen en su poder y les permitan ejercer, en democracia, el mandato otorgado por los ciudadanos que los eligieron.  Al mismo tiempo, por razones humanitarias, insta a los grupos guerrilleros a dejar en libertad a la totalidad de soldados que mantienen en su poder y a todas las personas que han secuestrado contraviniendo el derecho internacional humanitario, incluyendo a los 30 colombianos y los seis ciudadanos extranjeros que se encuentran cautivos en poder del grupo guerrillero FARC.”.. 

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, OEA exigió perentoriamente, “Que todas las partes en el conflicto armado interno de Colombia, a través de su estructura de mando y control, respeten, ejecuten y hagan cumplir las normas que rigen las hostilidades, consagradas en el derecho internacional humanitario, con especial énfasis en las normas que brindan protección a los civiles.”. En otra ocasión, la Comisión de Derechos Humanos, ONU dejó establecido que “La Comisión condena fuertemente todos los actos de terrorismo y violaciones al derecho internacional humanitario, cometidas por los grupos guerrilleros, incluyendo los secuestros sistemáticos de niños. Nota con preocupación la continua utilización de menores combatientes y  de minas antipersonales por parte de la guerrilla. La Comisión condena también la toma masiva de rehenes y la destrucción de torres de electrificación por parte del ELN, así como el asesinato de extranjeros y continuos secuestros por parte de las FARC. La Comisión condena, del mismo modo, las muertes y otros serios abusos que han tenido lugar en la “zona de distensión” y hace un llamado a las FARC para que acojan la propuesta del Gobierno de Colombia para que una misión de observadores internacionales visite la zona. Insta a los grupos guerrilleros a sostener conversaciones de paz serias y concretas con el Gobierno, así como a concertar sin demora un cese al fuego total.”. Nótese que se condena a los guerrilleros que  llevan a cabo, actividades adscriptas a tipos penales internacionales, según lo resuelto oportunamente por el C.I.C.R.
(N. de R.: los delitos internacionales que ha puesto de relieve la C.I.D.H., si fueran juzgados en la Argentina, conforme la opinión arbitraria de nuestra justicia, sería calificados solamente como vulgares delitos comunes.  No olvidar que nuestra justicia sostiene que los guerrilleros no pueden cometer delitos internacionales.  No se entiende cómo, si ellos no pueden cometer delitos internacionales, un organismo importantísimo defensor de los derechos humanos, los condena públicamente por haber cometido actos de terrorismo y por haber violado el derecho internacional humanitario.) 

En otro pronunciamiento lapidario, “La Comisión de Derechos Humanos de la ONU,  condena todas las violaciones del derecho internacional humanitario cometidos por grupos guerrilleros. Por consiguiente insta a todos los grupos guerrilleros, en especial a las FARC, a cumplir el derecho internacional humanitario y a respetar a las autoridades nacionales, el ejercicio legítimo por la población de sus derechos humanos y su acceso a los mecanismos y recursos que los garantizan. Finalmente no se entiende bien como en Argentina y en Colombia son juzgado de forma diametralmente opuesta dos eventos exactamente iguales.

El Presidente del 57º Período de Sesiones de la Comisión de Derechos Humanos sobre la situación de derechos humanos en Colombia, párr. 5-6 y 10-11 (OHCHR/STM/01/02), declaró que “ Considerando que el respeto de los derechos humanos y la observancia del derecho internacional humanitario cumplen un papel fundamental en el proceso para alcanzar una paz duradera, la Comisión pide a las partes en el conflicto que, con carácter prioritario, lleguen a un acuerdo general humanitario y en materia de derechos humanos, que sea un fiel trasunto de todas las disposiciones del derecho aplicable e incluyan el establecimiento de un mecanismo independiente de verificación, y que además traten la cuestión del reconocimiento que se debe dar a las víctimas de las violaciones de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario. La Comisión observa que el Gobierno de Colombia, por medio de su Oficina del Alto Comisionado para la Paz, ha declarado que está dispuesto a examinar los términos específicos de la propuesta de ese acuerdo con la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en Colombia a fin de hacer una evaluación independiente de su relevancia, calendario y eficacia, en el contexto del diálogo con los grupos insurgentes.  La Comisión deplora en grado sumo la persistencia de las graves y frecuentes violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. En particular condena sin ambages los abusos graves, masivos y sistemáticos y la grave violación del derecho internacional humanitario por los grupos paramilitares y los guerrilleros. La Comisión está profundamente preocupada porque esas violaciones y abusos han dado lugar a un mayor deterioro de la situación humanitaria y de derechos humanos en Colombia. También condena todos los ataques contra objetivos que tienen fines médicos, entre ellos las amenazas contra el personal médico, el control de las instalaciones sanitarias y los ataques contra ambulancias.” 

No hay comentarios.: