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martes, marzo 04, 2008

Capítulo 199 - El General Juan D. Perón y el Ataque Terrorista a la Base Militar de Azul



(continuación)

En las causas judiciales, donde se ventilan las supuestas violaciones a los derechos humanos, a los sedicentes imputados de tales gravísimos eventos, les es imposible adjuntar reflexiones que permitan poner las cosas en su lugar. Es un beneficio del que gozan los subversivos solamente.
Creemos que a Santucho le asiste, en parte la razón por cuanto efectivamente, conforme el expresó en declaraciones públicas, oportunamente el general Juan D. Perón ordenó un “somatén”, con el propósito de combatir la guerrilla.
Se ha cuestionado tal actitud, se la ha puesto en duda, pero tenemos el propio testimonio del general para despejarlas.
No debemos olvidar que a las 23.30 del 19 de enero de 1974, un grupo de facciosos pertenecientes al denominado Ejército Revolucionario del Pueblo, intentó copar la unidad militar sita en Azul, Provincia de Buenos Aires, denominada “Regimiento de Caballería de Tiradores Blindados 10 y al Grupo de Artillería Blindado 1”, asesinando a su jefe, el coronel Arturo Gay, a su cónyuge y a un soldado. En la ocasión, el segundo jefe de la unidad militar, fue llevado en calidad de rehén por los guerrilleros.
La "Compañía Héroes de Trelew" de la organización terrorista autodenominada "Ejército Revolucionario del Pueblo" (ERP), atacó los cuarteles con la intención de robar armamento, munición y otros materiales de guerra en cantidad suficiente para incrementar significativamente su capacidad de combate y poder, de esa manera, facilitar el logro de la formación de un Ejército Popular, para alcanzar la posterior toma del poder total, a nivel nacional.

viernes, febrero 01, 2008

Capítulo 188 - El Poder Judicial de la Nación Argentina Declaró que en Nuestro País Hubo Una Guerra Revolucionaria



(continuación)






Videla y Carlos Ruckauf

Se nos dice se nos insiste hasta el hartazgo, que ellos, los subversivos, defendían a la entonces vicepresidente en ejercicio del Poder Ejecutivo. La versión citada, originada en las propias filas subversivas, a todas luces es una felonía. Evidentemente destinada a engañar a los poco avisados, a los de floja memoria y sobre todo a los jóvenes que no se encontraban o eran muy niños en esa época. Estos sujetos explotan la ignorancia de ellos, puesto que al no ser testigos directos, son carne de cañón para aceptar casi sin examinarlos, los datos que se les suministran, en algunas ocasiones, en forma aviesa y tramposa demostrando el poco respeto que se les tiene.

Con el refrendo de sus Ministros: Damasco, Garrido, Emery, Corvalán Nanclares, Ruckauf y Arrighi la ocasional titular del Poder Ejecutivo de ese entonces, la legítima autoridad elegida por el voto mayoritario de la población, dictó el decreto Nº 2.452, sosteniendo que ¨ ...el país padece el flagelo de una actividad terrorista y subversiva que no es un fenómeno exclusivamente argentino... ¨; que esa actitud subversiva constitucionalmente configura el delito de sedición; que no se trata de prescripciones o discriminaciones ideológicas, toda vez que nada justifica la asociación ilícita creada para la violencia y los hechos que la produzcan o fomenten. Señalando que en tal situación se encontraba ¨...el grupo subversivo autodenominado Montoneros, sea que actúe bajo esa denominación o cualquier otra... ¨. Y ampliando esa norma, por el similar Nº 4.060/75, declaró la ilegalidad del Partido Auténtico, fachada legal que encubría el accionar de aquella organización subversiva. O sea, el Poder Ejecutivo, actuó como cualquier gobierno que legalmente defiende las instituciones. No hacerlo hubiera traicionado a la Constitución Nacional. ¿Y que hicieron los guerrilleros que “defendían” al gobierno constitucional?

Esa decisión gubernamental fue respondida el siguiente día 19 con el secuestro de los empresarios Juan y Jorge Born y el asesinato de uno de los directores de la misma empresa y del chofer que conducía el automóvil en que éstos se desplazaban y del custodio de los mismos; y con el asesinato del jefe de la Policía Federal, Comisario Alberto Villar y de su esposa, el subsiguiente 1 de noviembre.
El decreto citado en primer término, habla por sí solo, en cuanto refleja con precisión la precaria y peligrosa situación en la que se encontraba la Argentina, para esa época. La situación, a la que hace referencia, es la misma a la que alude el decreto del Dr. Alfonsín. Podemos discrepar en cuanto a la calificación de las acciones de los subversivos, pero que existió en nuestro país una Guerra Revolucionaria, existió. Y así lo reconoció la misma Cámara Federal que condenó a los integrantes de las Juntas militares