(continuación)
Pasemos al proceso judicial tramitado por la
Masacre de Malmedy, conocido oficialmente como Caso 6-24 “EEUU vs.
Valentín Bersin et al” (http://www.forosegundaguerra.com/viewtopic.php?t=12442) Este
juicio merece una singular atención, ya que se distingue por la presencia del
estrépitu fori. Señala la web que, tuvo lugar en Dachau
entre los días 12 de mayo de 1946, fecha en que comenzó el proceso, y 16 de julio de
1946, fecha
en que se leyeron los veredictos.
En Dachau
se celebraron, simultáneamente a los “Juicios de Nuremberg”, los “Juicios de
Dachau”, conducidos por militares estadounidenses contra los administradores y
guardias de los campos de concentración alemanes. Por ello, los juicios contra criminales de
guerra alemanes, como el de Malmedy, que se celebraron en Dachau también se engloban a
menudo dentro de los “Juicios de Dachau”.
En ese juicio se acusaron a varios miembros de las Waffen SS (73 miembros, para ser exactos) del asesinato de varios prisioneros de guerra estadounidenses (80, para ser exactos) en la encrucijada de Baugnez el 17 de diciembre de 1944 durante la contraofensiva alemana de las Ardenas. Esos hechos se conocieron como la “Masacre de Malmédy”. (…)
Creemos que nunca se sabrá qué sucedió realmente en aquel fatídico día de diciembre de 1944, pero independientemente de que allí se asesinaron efectivamente a varios prisioneros de guerra estadounidenses, la investigación y el proceso judicial que siguieron tras la guerra para esclarecer y castigar a los autores de esos crímenes no contribuyeron precisamente a fortalecer la honorabilidad de la justicia militar americana, sino todo lo contrario: sirvieron para provocar finalmente un gran debate a ambos lados del Atlántico, tanto en la arena pública como en la política, y dejaron en entredicho las investigaciones y procedimientos judiciales del U.S. Army.
Muy someramente, puede asegurarse que los interrogatorios pre-judiciales seguidos por la administración militar estadounidense contra los acusados alemanes estuvieron acompañados de prácticas muy propias de los regímenes totalitarios, pero totalmente inaceptables para un régimen democrático como el estadounidense. El maltrato a los prisioneros, el aislamiento inhumano, la desnutrición conscientemente provocada, los juicios falsos y una larga serie de prácticas contrarias a la ley para poder obtener declaraciones y confesiones de los acusados no pudieron finalmente ser encubiertas por quienes las habían fomentado o permitido previamente.
En ese juicio se acusaron a varios miembros de las Waffen SS (73 miembros, para ser exactos) del asesinato de varios prisioneros de guerra estadounidenses (80, para ser exactos) en la encrucijada de Baugnez el 17 de diciembre de 1944 durante la contraofensiva alemana de las Ardenas. Esos hechos se conocieron como la “Masacre de Malmédy”. (…)
Creemos que nunca se sabrá qué sucedió realmente en aquel fatídico día de diciembre de 1944, pero independientemente de que allí se asesinaron efectivamente a varios prisioneros de guerra estadounidenses, la investigación y el proceso judicial que siguieron tras la guerra para esclarecer y castigar a los autores de esos crímenes no contribuyeron precisamente a fortalecer la honorabilidad de la justicia militar americana, sino todo lo contrario: sirvieron para provocar finalmente un gran debate a ambos lados del Atlántico, tanto en la arena pública como en la política, y dejaron en entredicho las investigaciones y procedimientos judiciales del U.S. Army.
Muy someramente, puede asegurarse que los interrogatorios pre-judiciales seguidos por la administración militar estadounidense contra los acusados alemanes estuvieron acompañados de prácticas muy propias de los regímenes totalitarios, pero totalmente inaceptables para un régimen democrático como el estadounidense. El maltrato a los prisioneros, el aislamiento inhumano, la desnutrición conscientemente provocada, los juicios falsos y una larga serie de prácticas contrarias a la ley para poder obtener declaraciones y confesiones de los acusados no pudieron finalmente ser encubiertas por quienes las habían fomentado o permitido previamente.
El mismo juicio hubo de reconocerse como
impropio, y al final –con ambiciones políticas personales y juego diplomático
internacional de por medio- todas las sentencias de muerte hubieron de ser conmutadas a penas de prisión de
por vida, y, finalmente, ninguno de los acusados llegó a cumplir completamente su sentencia. La composición del tribunal militar, los comités y
subcomités que se crearon para revisar todo el proceso forman parte de esta
historia confusa y laberíntica.
Hemos leído varios libros sobre los juicios de Dachau, pero ninguno de ellos presenta un estudio tan riguroso, agudo e inteligente como el de Frank M. Buscher, The U.S. War Crimes Trial Program in Germany, 1946-1955 (Greenwood Press, 1989), donde realmente se ponen de relieve en su justa medida todas las miserias y virtudes del mundo del poder durante esa etapa de la historia.”.
Hemos leído varios libros sobre los juicios de Dachau, pero ninguno de ellos presenta un estudio tan riguroso, agudo e inteligente como el de Frank M. Buscher, The U.S. War Crimes Trial Program in Germany, 1946-1955 (Greenwood Press, 1989), donde realmente se ponen de relieve en su justa medida todas las miserias y virtudes del mundo del poder durante esa etapa de la historia.”.
Una vez terminada la guerra en Asia, el 15 de agosto de 1945, el ejército de los Estados Unidos ocupó la totalidad de Japón y gran parte de las
antiguas colonias asiáticas de este país. Desde ese momento se inició la persecución y detención
de los altos miembros del Estado y Ejército nipón. En paralelo con el circense Juicio
de Nuremberg, se constituyó un Tribunal
Penal Militar Internacional para el Lejano Oriente, con el fin de juzgar a
los imputados de los supuestos crímenes recogidos en el Estatuto o Carta de
Londres del 8 de
agosto de 1945.
Las condenas a muertes fueron ejecutadas por ahorcamiento
en la Prisión Sugamo en Ikebukuro, el 23 de diciembre de 1948.
En 1950 es indultado Shigemitsu Mamoru, quien se convertiría nuevamente el año 1954 en ministro de Relaciones
Exteriores. En 1955 se perdonó a los que se encontraban cumpliendo sentencia, los que salieron en libertad aquel año, salvo Koiso, Shiratori, y Umezu que murieron de causa natural en la prisión. Varios
de los condenados en este proceso se encuentran enterrados en el Santuario
Yasukuni, en Tokio.
Finalmente, no podemos dejar a un lado, el caso de los diversos
juicios criminales seguidos a quienes fueron guardianas de campos de
concentración nazis. Debemos señalar que se han encontrado casos de aplicación
de clemencia, en las condenas que ellas sufrieron oportunamente.(https://es.wikipedia.org/wikuardianas_en_campos_de_concentraci%C3%B3n_nazis). Se trata de juicios que se
siguieron, por violación a los derechos humanos, por parte de quienes se desempeñaron como guardianas en
diversos campos
de concentración.
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