miércoles, diciembre 05, 2007

Capítulo 171 - La Falta de Celeridad en las Causas Seguidas a Imputados por Violación de los Derechos Humanos Hiere los Derechos del Justiciable



(continuación)


Corriendo el riesgo de que un ignorante, me califique como defensor de los derechos humanos de los integrantes de la última Dictadura Militar, como persona de derecho, no puedo menos que señalar, que los tribunales argentinos, encargados de juzgar a los imputados por presuntas violaciones a los Derechos Humanos, no reúnen por lo general, las calidades de competentes, independientes e imparciales. No es la ocasión de calificar ciertas actitudes, ni de descender a la diatriba fácil y vana. Pero debemos comprender que cuando el país firma un pacto o acuerdo internacional, es para ser cumplido. El cumplimiento parcial, no es cumplimiento. Otorgar a unos privilegiados, lo que se les niega a otros, en las mismas condiciones, viola el sagrado principio de pacta sunt servanda. Con lo que comenzamos mal, ya que el Estado Argentino, está obligado no sólo por sus normas internas, sino por las normas internacionales, a las que adhiriera nuestro país oportunamente, a dar estricto cumplimiento a lo ordenado por las Naciones Unidas, respecto a las exigencias para desempeñarse como funcionario estatal encargado de administrar Justicia; sagrada y abnegada obligación.
El Congreso internacional, antes citado, destacó que el derecho a ser juzgado, sin demora indebida, es fundamental para garantizar la adecuada administración de Justicia.
En la Argentina, donde existen procesados que padecen desde hace mas de un quinquenio un interlocutorio de prisión preventiva, sin que haya recaído sentencia en la causas que se les siguen a los imputados por las violaciones a los derechos Humanos, ello constituye una verdadera denegación de justicia.
Cualquier ser humano, aun un monstruo, una persona que nos repugna a nuestros mas sanos sentidos, un criminal feroz, aun así, debe merecer la protección que la ley adopta, para quienes precisamente, son objeto de persecución judicial. El ser benigno con los amigos es sumamente fácil, lo dificultoso es administrar justicia, teniendo que pasar por alto ciertas debilidades que al fin y al cabo, son humanas y pueden perdonarse, pero cuando no se está en esa situación y la prolongación innecesaria de las actuaciones, perjudica al justiciable y nada se hace para reparar tal omisión, creo que tal actitud se acerca a lo que denomino “Venganza Judicial”, y si no lo es, al menos así parece ya que la Justicia debe ser como la mujer del César, ser y parecerlo.


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