domingo, febrero 03, 2008

Capítulo 189 - Si la Cámara Federal se Hubiera Expedido en la Actualidad Sin Duda Habría Incursionado Sobre los Protocolos Adicionales

(continuación)

Empero nada dijo aquel Tribunal sobre la supuesta comisión de delitos internacionales, que se les pudiera imputar a esos procesados. Conociéndolos a quienes eran sus integrantes para esa época, no tengo la mínima duda que si así no lo hicieron es que ellos consideraron que, al menos en esa época, no era oportuno, adecuado y ajustado a Derecho adoptar una medida como ésa. Recordemos que, entre otras razones, la Cámara sostuvo taxativamente que “está fuera de discusión que a partir de la década de 1970, el terrorismo se agudizó en forma gravísima, lo que se manifestó a través de los métodos empleados por los insurgentes; por su cantidad; por su estructura militar; por su capacidad ofensiva; por su poder de fuego; por los recursos económicos con que contaban proveniente de la comisión de robos, secuestros extorsivos y variada gama de delitos económicos; por su infraestructura operativa y de comunicaciones; la organización celular que adoptaron como modo de lograr la impunidad; por el uso de la sorpresa en los atentados irracionalmente indiscriminados; la capacidad para interceptar medios masivos de comunicación; tomar dependencias policiales y asaltar unidades militares. En suma, se tiene por acreditado que la subversión terrorista puso una condición sin la cual los hechos que hoy son objeto de juzgamiento posiblemente no se hubieran producido.”

Además de pronunciar tal aserto, fruto del examen ilustrado de los elementos de juicio adquiridos en el curso de la causa, señaló la Cámara, algo que ha quedado en el olvido, que ilustra acabadamente la gravedad de la situación institucional, ante el azote del terrorismo subversivo de esa época. Nos dice este tribunal que “admite que esos episodios constituyeron una agresión contra la sociedad argentina y el Estado, emprendida sin derecho, y que éste debía reaccionar para evitar que su crecimiento pusiera en peligro la estabilidad de las instituciones asentadas en una filosofía cuya síntesis, imposible de mejorar, se halla expuesta en la Constitución Nacional.”
(La Sentencia, págs. 733/734)

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