viernes, noviembre 30, 2012

Capítulo 566 - Algo mas sobre los grupos armados ilegales.




(continuación)
El 14 de marzo de 2012, la Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, con sede en Colombia, elogió a la Corte Penal Internacional (CPI) por el veredicto contra Thomas Lubanga, hallado culpable de reclutar a menores como soldados en la República Democrática del Congo, durante enfrentamientos en 2002 y 2003.  En un comunicado Navi Pillay subrayó que el fallo es un paso importante para la justicia internacional y un gran hito en la lucha contra la impunidad.  Pillay indicó que hace dos décadas no existía la presión de la justicia internacional, por lo que consideró que el advenimiento de la Corte Penal Internacional es de inmensa significación en la lucha para hacer justicia y prevenir ciertos delitos. En el acto pensamos que, si el condenado hubiera desarrollado sus “actividades criminales”, en la Argentina, se le habrían imputado delitos comunes ya que se trata de un guerrillero, uno de los fundadores de la organización delictiva “Ejército del Señor”, agrupación animista, cuasi cristiana, temida en una  región de la República Democrática del Congo y en países aledaños, precisamente por tales actividades que configuran delitos internacionales. No es un militar sino se desempeñó encabezando la organización ilegal aludida. No tenía relación alguna con el Estado. Su función delictiva era encabezar la banda.

Es tal la arbitrariedad con la que procede la justicia argentina, en una obtusa valoración manchada con la idolología de ciertos magistrados, que no se ha recordado que tanto la organización criminal denominada Montoneros, a través de la Unión de Estudiantes Secundarios (UES) como los facciosos del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP), a través de la Juventud Guevarista (JG) reclutaban a niños para ayudar en la concreción de actos de terrorismo. Lisa y llanamente, los jerarcas de ambas organizaciones delictivas, violaban la Convención Internacional que se ocupa de tal tema. Destacamos que para ello tendríamos que aplicar, en forma retroactiva, el derecho penal y seguir en lo pertinente el criterio adoptado hacia los militares involucrados en la violación de los derechos humanos, en la década del 70. La realidad, que es la única verdad, como decían los griegos, nos exhibe la muerte de muchos niños a raíz de este inhumano reclutamiento “para hacer la revolución por las armas”.

La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que hemos mencionado más arriba, es la misma que hace unos años exhortó al Gobierno colombiano a que, en la aplicación del Decreto 880 del 27 de marzo de 2008, no otorgue los beneficios previstos en dicho Decreto a integrantes de grupos armados ilegales, guerrilleros o paramilitares, procesados o condenados por conductas que, a la luz del derecho internacional, constituyen crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra.  Esta noticia, aparentemente intrascendente, no es tal. La funcionaria de mayor jerarquía de la ONU, representando a esta organización en Colombia, señala que ha exhortado al gobierno de ese país no otorgue los beneficios del citado decreto, entre otros, a los guerrilleros de las FARC, imputados de cometer delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra.  O sea que ella, como funcionaria del citado organismo internacional, ente rector en materia de los derechos humanos,  reconoce a los miembros de las FARC como eventuales autores de esos delitos, con las lógicas consecuencias penales contra ellos, por parte de la jurisdicción internacional. .

La misma Oficina de la ONU para los Derechos Humanos,  radicada en Colombia hace años, con fecha 27 de noviembre de 2011, al condenar un atentado terrorista de los guerrilleros de las FARC señaló  en términos muy duros, el calificativo que les merece la actividad de los guerrilleros colombianos: "Estos asesinatos atroces reflejan una terrible falta de humanidad y un desprecio total por la vida. Merecen el repudio más fuerte y provocan una profunda tristeza por el inmenso sufrimiento de los secuestrados y sus familias", dijo Christian Salazar Volkmann, Representante en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.  De acuerdo con información inicial suministrada por el Ministerio de Defensa, tras enfrentamientos armados entre las FARC-EP y el Ejército, el mayor Elkin Hernández Rivas, el coronel Edgar Yesid Duarte Valero, el cabo José Libio Martínez y el intendente Álvaro Moreno fueron encontrados muertos en un campamento del grupo guerrillero en la zona rural del municipio de Solano, Caquetá. El sargento de la policía Luis Alberto Erazo, quien se encontraba dentro del grupo, habría sobrevivido. Estos hechos irracionales no son una práctica aislada o esporádica. Son crímenes de guerra que podrían constituir crímenes de lesa humanidad. Son el producto de la deshumanización progresiva del conflicto armado interno. La Oficina expresa su más profunda y sentida solidaridad con las familias de las personas asesinadas. Exhorta a las FARC-EP a que de manera inmediata y sin condiciones liberen a todas las personas secuestradas y que cesen todos los actos violatorios del derecho internacional humanitario. La Oficina vuelve a llamar a la búsqueda de una solución pacífica al conflicto armado que asegure una paz sostenible y duradera al pueblo colombiano, con pleno respeto de los derechos de las víctimas y de los derechos humanos.”  En la Argentina, interpretamos  “a la criolla” la ley internacional y así nos va. Pero eso sí, nos pasamos batiendo el parche de que respetamos los derechos humanos… de los zurdos.


Recientemente, en el caso de Kenia la Corte Penal Internacional, con su accionar ajustado a derecho, nos ha demostrado que es harto arbitraria la postura del titular del Ministerio Fiscal en la Argentina. En efecto, recordarán sin duda nuestros lectores que en diciembre de 2007 Kenia saltaba a las portadas internacionales por la ola de violencia desatada por supuestas irregularidades en las elecciones presidenciales. Más de mil muertos, un número desconocido de mujeres violadas y 400.000 personas desplazadas de sus hogares era el saldo de unos enfrentamientos de base étnica e identificada con los partidos políticos oponentes. Las comunidades del Valle del Rift atacaron a supuestos simpatizantes del partido gobernante, en su mayoría de la etnia kikuyu. Según las investigaciones de varias organizaciones, entre ellas, Human Rights Watch, la violencia estaba dirigida por “líderes locales, políticos y hombres de negocios según testigos presenciales”. Un joven participante en las agresiones contaba a los investigadores de esta organización “Esto no fue realizado por ciudadanos ordinarios, fue organizado por gente con dinero; ellos compraron a los desempleados como yo. Necesitamos algo que comer cada día”. 

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