(continuación)
La
institucionalidad de la eurozona, más profunda que el incipiente Mercosur, con
instituciones más desarrolladas que por ejemplo, la Corte Interamericana de los
Derechos Humanos o la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, con las
consiguientes obligaciones por parte de los Estados que la integran, podrían
hacernos suponer que cada Estado europeo, como en el caso de la Argentina, se
ata de pies y manos a las resoluciones tomadas por el organismo que las agrupa,
vale decir cada país tendría que obedecer sin hesitar, lo que los organismos
directivos de la Unión Europea resuelvan. Y sin embargo no es así. Es como si cada
Estado parte hubiera leído a Joaquín V. González, obrando en
consecuencia. Habida
cuenta la Resolución 2.131 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, del 21 de
diciembre de 1965 podemos observar que Alemania no resolvió seguir mansamente lo que se vaya a decidir
y a la fecha no accedió a incrementar el Fondo
de Rescate Europeo.
La
canciller germana, Ángela Merkel, se ha limitado a asegurar este martes que
hará todo lo que pueda para reconstruir la confianza en la endeudada economía
de Grecia. "Aportaremos
toda la ayuda deseada desde el lado alemán para que Grecia recupere la
confianza", aseguró Merkel en una conferencia ante un grupo de
empresarios industriales, ante el cual también intervino este martes el primer
ministro griego, George Papandreu, quien prometió, una vez más, que
"Grecia cumplirá todos los compromisos adquiridos" con las
autoridades internacionales para recibir el siguiente tramo de ayuda en
octubre, de 8.000 millones de euros, para evitar la quiebra. Así pues, mientras
que Bruselas, Washington y el propio Fondo Monetario Internacional (FMI) negocian sobre
cómo ampliar el Fondo de rescate, Berlín evita pronunciarse. De hecho,
el ministro de Finanzas alemán, Wolfgang Schäuble, señaló el lunes que los
europeos "no tienen la intención de reforzar", desmintiendo así los
rumores acerca del nuevo mecanismo. Por un lado, Andreas Vosskuhle, presidente
del Tribunal Constitucional (TC) de Alemania lanzó una
durísima advertencia a Merkel. La ampliación del
Fondo supondría una cesión de soberanía a
la UE por parte del pueblo alemán, y ello sería ilegal sin la aprobación de un referéndum para dotar al país de una nueva Constitución. "No
se puede hacer sin el pueblo", aseveró en una entrevista al diario
Frankfurter Allgemeine. El TC ya se pronunció en contra de los eurobonos
recientemente, aunque con ciertos matices. No es el único. Alemania afronta el
jueves una votación crucial para aumentar y flexibilizar el Fondo de rescate,
tal y como acordó el Eurogrupo el pasado 21 de julio. Sin embargo, ni esta reforma
ni mucho menos la monetización que ahora
pretende Bruselas, cuentan con el apoyo
mayoritario de los socios de Gobierno de Merkel (el FDP y el CSU).
"A menos que el ministro de Finanzas puede dar una garantía inmediata de
que no habrá ninguna fórmula de apalancamiento no voy a votar por esta
ley", advirtió Hermann Otto Solms-Hohensolms-Lich, vicepresidente del
Bundestag (Parlamento germano) y jefe de finanzas de los liberales (FDP). Fuente: Libre Mercado -27 de septiembre del 2011.
En principio Berlín ve factible este
proceso, pero tan sólo a medio y largo plazo, ya que exige la creación a priori de una auténtica unión política
en donde cada país miembro ceda su soberanía presupuestaria y económica a Bruselas.
Los contribuyentes alemanes no están dispuestos a cargar con las facturas de
los países en problemas (Portugal, Italia, Irlanda, Grecia y España: los
llamados PIIGS) sin que exista un mecanismo
creíble y efectivo para controlar estrechamente sus cuentas. De hecho, su Tribunal Constitucional ya dejó claro
que sin cesión total de soberanía tampoco habrá eurobonos.
Curiosamente, Francia
es uno de los países más reticentes a tal cesión. Podemos sacar en
limpio, de lo que afirmamos precedentemente, que aun en la Europa integrada, más
aun que nuestra Latinoamérica, se conserva el prurito de dejar a salvo que la
soberanía es lo último que se negocia. Y que, en caso de verse obligada una
nación a hacerlo, deberán tomarse antes todas las medidas institucionales que
avalen tal paso. Jens Weidmann,
presidente del Bundesbank al referirse a este delicado paso, cuya
procedibilidad se discute en Alemania, advirtió: “Si de verdad queremos avanzar hacia una unión política, tenemos que
reconocer un entorno completamente nuevo, y eso significa que todos
tendríamos que renunciar a una soberanía nacional considerable.
Significa que una instancia central puede interferir directamente en los
presupuestos y los impuestos para imponer el cumplimiento de los acuerdos. Tenemos que
preguntarnos con honestidad si estamos dispuestos a ceder tanta soberanía
nacional [...]. Llevará años y años. Tendríamos que modificar los tratados de la
UE y nuestras Constituciones, e incluso celebrar un referéndum en el caso de
Alemania”.
Recordemos que Alemania y Argentina fueron
oportunamente muy exigentes tratando de evitar transgredir normas
constitucionales, en ocasión de rubricarse la Convención de Viena sobre el
derecho de los Tratados y en ocasión de efectuarse lo propio con relación al art. 15, inc.
2º, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Tal pacto fue aprobado por nuestro país mediante
la sanción de la ley 23.313, publicada el 13 de
mayo de 1986, norma que en su art. 4ºe estableció la siguiente reserva: “El Gobierno Argentino manifiesta que la aplicación del
apartado segundo del art. 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, deberá estar sujeta al principio establecido en el art. 18 de
nuestra Constitución Nacional”. No debemos pasar por alto que, la
incorporación de tal pacto, a nuestra Constitución Nacional, en ocasión de ser reformada en 1994 se concretó “En las condiciones de su vigencia”.
Es decir con la reserva incluida. Fácil
es arribar a la ineludible conclusión de que no debemos forzar la
interpretación del mismo tal como lo hizo nuestra Justicia en ocasión de
aplicarlo. La particular visión de nuestro más Alto Tribunal, colisiona con la
obligación de respetar integralmente los principios aludidos. No podemos
entender como nuestra justicia arremete sin más contra las normas
fundamentales, haciendo caso omiso de las
obligaciones del Estado Argentino, referidas a la
rúbrica del citado convenio internacional. Nuestros jueces en más de
una ocasión, nos recuerdan la expresión latina
“Pacta sunt servanda”, pero nos los recuerdan en forma utilitaria.
En el caso que recordamos, debe aplicarse más que en otras ocasiones
posiblemente, las remanida expresión
romana antes citada. También podemos pensar, ante la actitud de los
funcionarios judiciales, que han pasado por alto que “Nemo auditur
propiam turpidunem allegans”, ya que si el
propio Estado formula una reserva, no puede
con el codo borrar lo que escribe con su mano.
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