(continuación)
“En sus primeras declaraciones Telleldín manifestó haber
vendido la camioneta a una persona de nombre Ramón Martínez, relato que coincidió con el de su esposa Ana María Boragni. También relató, en estos primeros momentos, que había
tenido una serie de inconvenientes con la Brigada de Investigaciones de Vicente
López. Sin embargo, dos años más tarde cambió el contenido de su declaración,
presuntamente luego de haber recibido presiones y haber negociado con agentes
inorgánicos de la SIDE, con una Camarista y con el juez. Todo lo anterior
habría ocurrido con conocimiento de los fiscales y de alguna de las querellas. En la nueva
versión de los hechos, que años después se supo
que había sido efectuada a cambio de 400.000 dólares, involucró a algunos policías de la Provincia de Buenos
Aires –Ribelli e Ibarra de la Brigada de Lanús y
Leal y Bareiro de Vicente López- con la
camioneta Traffic que había estado en su poder y cuyo motor había sido hallado
entre los escombros.” (…)
“Hacia comienzos de 1997 el principal policía detenido,
Juan José Ribelli, amplió su declaración indagatoria y solicitó una audiencia
con el Dr. Galeano. Durante el transcurso de esa audiencia le entregó una video cinta al magistrado y se produjo un intercambio de palabras que varía según lo
relate el magistrado o Ribelli. Unos días después fragmentos de esa
cinta fueron transmitidos por un programa periodístico de televisión. Allí
podía verse un extenso dialogo informal entre el juez y Telleldín, durante el
cual hablaban de aspectos de la causa que no constaban en el expediente, y de
una considerable suma de dinero a pagar en concepto de compra de derechos de
autor. A partir de ese momento las irregularidades de la instrucción
–minuciosamente descriptas en la sentencia del Tribunal Oral- comenzaron a ver
la luz.” (…)
“Recién ocurrido todo el episodio del video, ambos jueces
-Oyarbide y Galeano- concurrieron a la Comisión Bicameral a solicitar apoyo. El Tribunal
Oral cuestionó duramente esa actitud, y ordenó que
se investigara la responsabilidad penal de los legisladores, ya que éstos pudieron observar el contenido del video
cuando aún no había sido difundido en la televisión y, por ende, tomaron conocimiento allí de las irregularidades cometidas
por el juez. Sin embargo, lejos
de cuestionarlo, le dieron su más firme
apoyo. “ (…)
“Los jueces del Tribunal Oral
decidieron que la imputación del atentado efectuada a los
policías fue el resultado de una hipótesis armada por el juez Galeano a quien diversos
funcionarios le habrían dado apoyo y colaboración. El punto culminante de dicho armado habría sido la declaración indagatoria de Telleldín obtenida a cambio de un pago de 400.000 dólares, dinero proporcionado por la Secretaría de Inteligencia de Estado a pedido del juez. A lo largo de todo el proceso, se denunció una
serie de hechos encaminados a encubrir el verdadero origen de la imputación de
los policías y –pese a ello- a corroborar la pista policial en el expediente.”
(…)
“El día 29 de octubre de 2004 los integrantes del Tribunal Oral en lo
Criminal Federal N° 3 –Guillermo Andrés Gordo, Gerardo Felipe
Larrambebere y Miguel Ángel Pons- dieron a conocer los fundamentos de la
decisión absolutoria emitida en el veredicto de fecha 3 de septiembre del mismo
año. ... (…) Mientras se desarrollaba el juicio oral, tanto el juez
como los fiscales fueron separados de la causa AMIA. El juez fue
apartado por la Cámara de Apelaciones en
diciembre del 2003, ante el temor de que hubiera perdido la imparcialidad en el
caso. En cambio, el 13 de abril del 2004 los fiscales Mullen y
Barbaccia fueron separados del juicio oral por los miembros del Tribunal Oral
ante un planteo de recusación formulado por las abogadas defensoras de Carlos
Alberto Telleldín. El tribunal entendió habían
perdido el objetivo de control de legalidad del proceso y la objetividad
necesaria, al haber participado de
determinados actos irregulares como fue la
declaración de Carlos Alberto Telleldín motivada en el pago de 400.000 dólares.”
“La decisión final adoptada por los jueces fue la declaración de nulidad
de una gran parte de la investigación –la
causa “Brigadas”- y, como consecuencia de ella, la absolución de los acusados.
Si bien la mayoría de ellos fue absuelta como consecuencia de la nulidad, unos
pocos lo fueron por falta de acusación fiscal. Sin embargo, del total de
imputados, sólo a cinco se les había reprochado algún tipo de participación en
el atentado al edificio de la AMIA, mientras que el resto sólo estaban acusados
por delitos comunes, no vinculados directamente con el atentado.”
“En la sentencia se
determinó el momento a partir del cual, a juicio
del Tribunal, el Dr. Galeano se había
apartado de la búsqueda de la verdad real,
incurriendo en comportamientos contrarios al ordenamiento legal.
Entendieron los jueces que en este alejamiento de la verdad colaboraron también
distintos organismos de los tres poderes del estado, brindando un sostén
político o directamente encubriendo la actuación irregular o ilegal del magistrado
y que el
momento de culminación de tal actividad irregular fue el pago de cuatrocientos mil dólares a Carlos Alberto
Telleldín para que involucrara a un grupo de
policías pertenecientes a la Policía de la Provincia de Buenos Aires, identificándolos como quienes se habían llevado la camioneta.” (…)
“Las irregularidades cometidas durante la instrucción están siendo investigadas desde el año 2000, por el Juzgado Federal N° 6 a
cargo del Dr. Bonadío. En el marco de esa causa se encuentra bajo
análisis la conducta del Dr. Galeano, sus secretarios, el Dr. Santamarina,
agentes de la SIDE, policía de la provincia de Buenos Aires. Sin embargo, el Dr. Bonadío fue recientemente recusado en dicha causa ya que el Tribunal Oral había denunciado también al ex Ministro del
Interior, Carlos Corach, quien debería ser investigado en el marco de esa misma
causa, pero con quien el titular del juzgado
tendría una estrecha relación. La decisión de separar al juez se encuentra aún
pendiente de resolución.” (…)
“En el marco de la
Procuración General se ha creado una Unidad Fiscal de
Investigaciones de Amia, a cargo del Dr. Nisman, para que
intervenga en la causa en la que se investiga el atentado, las causas conexas y todas aquellas relacionadas con el encubrimiento y la obstaculización de la acción de la justicia. En este marco, se ha solicitado –como consecuencia del
veredicto del Tribunal Oral- la declaración indagatoria del Dr. Galeano quien
recién fue suspendido de su cargo por el término de 180 días en febrero del
2005, en el marco del proceso de juicio político iniciado por el Consejo de la
Magistratura.”
“Inicialmente el juez
Galeano presentó su renuncia, pero el Presidente de la Nación no se expidió
acerca de ella, y la misma fue luego retirada por el juez. El Dr. Nisman también solicitó –como consecuencia de la sentencia del Tribunal- que se recibiera declaración indagatoria al entonces titular
de la DAIA, el Dr. Baraja, a Héctor Pedro Vergez y a Orestes Verón, y de otros
denunciados por el Tribunal Oral por el delito de falso testimonio. Dicha causa
tramita ante el juzgado del Dr. Oyarbide.”
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