(continuación)
“A la decisión absolutoria se llegó luego de tres años de juicio oral y más de diez años después de ocurrido el hecho. La instrucción comenzó el 18 de julio de 1994,
día en que ocurrió el atentado. El requerimiento de elevación a
juicio del Ministerio Público Fiscal fue suscripto por los fiscales Eamon
Mullen, José Barbaccia y Alberto Nisman a fines del año 1999 y el 26 de febrero del año 2000 el Dr. Galeano, titular del juzgado a cargo
de la instrucción, dispuso la elevación a juicio pero sólo de una parte de la causa, vinculada con lo
que se llamó pública y coloquialmente “la conexión local”. El resto de la causa –sin avances significativos-
continúa en la etapa de instrucción, donde no sólo se investiga la
participación internacional sino la conducta de decenas de imputados vinculados
con personas que fueron recientemente desvinculadas del hecho por el Tribunal
Oral. Si bien en
un principio había quedado a cargo del juez Galeano, luego de que la Cámara de Apelaciones lo separara de su
tramitación, quedó a cargo de la investigación
el juez federal Canicoba Corral quien la
delegó en la Unidad Especial a cargo del fiscal
Alberto Nisman.” (…)
“La observación del juicio por parte del
observador y de su asistente cubrió la totalidad de las audiencias llevadas
a cabo durante los tres años de duración, sin embargo no se tomó contacto formal con
el expediente hasta casi terminado el debate,
oportunidad en la cual el Tribunal Oral ofreció la posibilidad de tomar vista
del mismo, que constaba ya de aproximadamente 600 cuerpos de doscientas hojas
cada uno, más los incidentes y legajos y causas conexas que
acumula una cantidad equivalente de cuerpos.
El juicio
revelo un amplio espectro de conductas ilegitimas, que van desde posibles irregularidades producto de simple
incompetencia a incluso posibles actos criminales
de encubrimiento o de otro tipo, con participación de actores políticos, jurídicos,
policiales y de inteligencia. A más de
diez años de ocurrido este criminal ataque terrorista continua impune”.
Reseña el observador una serie de gravísimas irregularidades,
que motivaron que el Tribunal que entendía en la causa, declarara oportunamente
la nulidad absoluta de actos cumplimentados, a lo largo de la investigación.
(…) Destaca el citado Tribunal: “A
poco de comenzada la instrucción, el Dr. Galeano solicitó la instalación de
cámaras de filmación que fueron colocadas de manera oculta en su despacho y en
el despacho de los secretarios del Juzgado. Con ellas filmó -sin
conocimiento de las personas filmadas ni de sus abogados- una serie de entrevistas y declaraciones tanto de
imputados como de testigos, sin dejar ningún tipo de constancia en la causa,
por lo que el conocimiento acerca de la existencia ocurrió casi de manera
casual. Según
los empleados del juzgado que declararon
ante el Tribunal Oral existía, aproximadamente,
una decena de entrevistas filmadas –de las
cuales se guardaba en el juzgado original y copia-, pero ninguno “pudo
recordar” a quién se había filmado,
con la excepción de las dos video cintas que reflejaban entrevistas del juez
con Telleldín, que para esa altura ya eran públicas.”
Estimamos ocioso detallar todas las irregularidades,
similares o de mayor gravedad a las anteriormente detalladas. Como simple
muestra de este catálogo de las irregularidades en un proceso penal, existen
denuncias de testigos tratados como imputados, privados ilegalmente de su
libertad y esposados, a fin de infundirles temor, para que declararan en un
sentido u otro. En el legajo 48
caratulado “Ofrecimientos para obtener información” se señala: “En este punto
el Tribunal ordenó investigar uno de los tantos
mecanismos que se usaron a lo largo de la instrucción para obtener determinadas declaraciones de forma irregular, en la
mayoría de los casos en contra del imputado Ribelli.”
“Alberto Enrique Barreda,
policía retirado y padre del imputado Diego Barreda, que se encontraba
detenido, relató
ante el Tribunal Oral que fue convocado por un Comisario de la Provincia, y se
reunió con él y con un abogado de nombre Spicacci. Ambos lo llevaron a ver al Comisario Inspector de la Policía,
Luis Vicat, quien mantenía vínculos con la SIDE. Según le
manifestaron intentaban ayudarlo a mejorar la situación de su hijo en la causa. En esa reunión, Vicat –invocando
apoyo del juez, del gobernador de la Provincia y de gente de DAIA- le ofreció cinco mil dólares mensuales para su hijo y
trasladarlo a Miami, además de la desvinculación de la causa AMIA, si aceptaba
declarar en contra de Ribelli.” “Concurrieron luego al centro de detención a
hacerle el ofrecimiento a Diego Barreda informándole que en caso de no aceptar la propuesta iba a ser trasladado a una unidad dependiente del
servicio penitenciario federal, con el riesgo
que ello implicaba para un policía.
Esa versión fue, en términos generales, ratificada por el imputado Barreda, su
mujer y su abogado.” (…).
Otro de los casos de
irregularidades graves es el de Gustavo Semorile, un testigo de identidad
reservada, quién prestó
declaración en perjuicio del policía Juan José Ribelli. A lo largo del juicio
se acreditó que este testigo declaró en tales condiciones, debido a la coacción
que sobre él ejerció el juez Galeano. “Luis Claudio Álvarez Matus, Sandra Karina Cardeal,
Walter Alejandro Castro, Manuel Enrique García, Argentino Gabriel Lasala, Marcelo
Darío Casas, Eduardo Diego Toledo y José Aurelio Ferrari relataron que fueron
detenidos, esposados y trasladados a la Policía, donde les extrajeron huellas dactilares, les leyeron
sus derechos y permanecieron varias horas
alojados en calabozos. Luego fueron
trasladados al Juzgado, a los fines de prestar
declaración testimonial. A estas
irregularidades, algunos agregaron haber sido
presionados por el Dr. Galeano u otros funcionarios a lo largo de las declaraciones, con amenazas de
realizarles alguna imputación penal grave y dejarlos presos.”
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