jueves, abril 22, 2010

Capítulo 300 - La transición en España y en la Argentina

(Continuación)
Parafraseando a Solhenitsyn, volumen IIIº de Archipiélago Gulag, podemos repetir: “Así es nuestra Patria: para empujarla un par de metros hacia la tiranía basta con fruncir el ceño, basta una tosecilla. Pero para arrastrarla cinco centímetros hacia la libertad hay que enganchar cien bueyes y atosigar a cada uno de ellos con bastonazos”. El prestigioso autor se refería a Rusia, la de los Romanov y a la de los bolcheviques, sometida durante siglos tanto a la incuria de uno como de otro. Campesina y pobre, analfabeta, víctima en su tiempo de los terratenientes ajenos al progreso. Esta cita podría referirse, en lo pertinente, a la Argentina de hoy. No podemos evitar, habitualmente, hacer comparaciones también con lo que sucede en la Madre Patria. Nuestros dos pueblos, el español y el argentino nos sentimos unidos no sólo por vínculos históricos sino por una suerte de idiosincrasia que nos permite cotejar lo que ha sucedido allí, que nos proveerá de material, como para poder profetizar lo que sucederá acá. Las similares raíces, no sólo lingüística, sino de todo orden, nos anima a mirar con detenimiento la actualidad española y sacar lección de los sucesos que ocurren allí, para no incurrir en los mismos errores que tanto han perjudicado a ellos. En España se enfrentaron durante la Guerra Civil los nacionalistas y los partidarios de la II República, con la secuela de víctimas, propias de toda contienda.
Lo hicieron con singular ferocidad, propia de la raza, la que se fogoneó con la pasión que ellos pusieron en el accionar bélico. Hubo excesos de todo tipo, pero no imputables a uno solo de los bandos en lucha armada. Hubo actos aberrantes. Delitos internacionales -crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad- lo que ocasionó la apertura de heridas, que se dieron por cerradas, pasado un largo lapso, con la Constitución de 1978. Sostienen los estudiosos “Gracias a una mezcla de resignación, generosidad, capacidad de perdón, olvido y renuncia unilateral de los vencidos a pasar factura. Ese fue realmente el milagro de la reconciliación entre españoles que ya no tiene marcha atrás.”.
Luego del fallecimiento del Caudillo Francisco Franco, hubo una época que se denominó “De la Transición”. Otros la denominan “Preconstitucional” ya que durante ella se dictaron normas que facilitaron la sanción de la nueva constitución de ese año. Se sancionaron leyes generosas, tendientes a la reconciliación sin cortapisas, mediante las que se amnistió a ambos bandos de la contienda y se derogaron disposiciones penales y de otra naturaleza, vigentes durante la época de Franco, que supusieran trabas en el camino de alcanzar la anhelada reconciliación entre todos los españoles.
Mientras rigieron en la Argentina, las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida, las causas seguidas a imputados por delitos aberrantes, durante el lapso del gobierno militar, fueron archivadas. Con el tiempo, entendió la Justicia que nada impedía que se procediera por parte del Poder Judicial, a investigar el destino de los restos de personas que habrían ido privadas ilegalmente de su libertad durante la dictadura. Los estudiosos de este tema, observaban una singular simetría, en cuanto a cierta conducta de la Justicia de la Argentina y la de España, en lo que se refiere a la actitud adoptada por la Justicia de los dos países, en punto al temperamento adoptado en la investigación de los eventos aberrantes cometidos durante el conflicto armado en España y durante la dictadura militar en la Argentina. En España se sancionó, como se dijo, una ley de amnistía, complementada por una serie de leyes que se fueron sancionando en el curso de los años. En la Argentina, el Congreso de la Nación, sancionó las leyes denominadas de Punto Final y la de Obediencia Debida. Un equivalente semántico de la amnistía, aunque no llevara tal nombre.
En España rige en la actualidad la ley de amnistía referida anteriormente, mientras que en nuestro país, las normas similares, dictadas por nuestro Congreso Nacional, fueron declaradas nulas por la Justicia e inconstitucionalmente, el Congreso Nacional Argentino, con una composición distinta de legisladores, incursionando en materia ajena a su labor parlamentaria específica, declaró la nulidad de ambas normas. Recordemos que la tarea de nulificar una ley, por las causales que las normas de fondo y de forma establecen, es del Poder Judicial de la Nación.

No hay comentarios.: