lunes, diciembre 19, 2011

Capítulo 453 - Las desapariciones ocurridas durante los gobiernos constitucionales, en la Argentina, no son investigadas.


Jorge Masetti, hijo del “comandante segundo” , luego de pasar por las filas del castrismo, e incluso   del Ejército Revolucionario del Pueblo, se fugó de Cuba con su familia y escribió un libro en 1999 , titulado “El furor y  el Delirio”.  En uno de sus párrafos dice: Hoy puedo afirmar que por suerte no obtuvimos la victoria, porque de haber sido así, teniendo en cuenta nuestra formación y el grado de dependencia de Cuba, hubiéramos ahogado el continente en una barbarie generalizada. Uno de nuestras consignas era hacer de la Cordillera de los Andes la Sierra Maestra de América Latina, donde, primero hubiéramos fusilado al enemigo, después a los opositores y luego a los compañeros que se opusieran a nuestro autoritarismo.”. Más claro imposible. Una síntesis perfecta de lo que eran los “jóvenes idealistas” y la profecía cumplida de cómo iba a finalizar todo, de seguir así las cosas. 
 
Volviendo al terrorismo activo en nuestro país, una de las facetas de esta guerra revolucionaria no convencional, debemos destacar que el decreto rubricado por el entonces presidente Alfonsín dejó un vacío. En efecto, nada se decía sobre la investigación a realizar durante el lapso que va desde la asunción del gobierno constitucional el 25 de mayo de 1973 hasta el 24 de marzo de 1976. Indudablemente esta omisión, no se debió a un grosero error sino, por el contrario, una mente brillante que no deseaba que se investigara lo relacionado con desapariciones y asesinatos ocurridos en ese lapso, se ocupó de que nada se hiciera. Lo mismo sucedió años más tarde cuando el Estado Argentino  intenta investigar el pasado, relacionado con la Década del 70 y los cruentos episodios habidos en la Argentina, ya  que se investiga sólo lo que puede ser útil para poder sancionar a militares, pero los del otro bando, no son investigados, acudiéndose a diversas tretas con este fin. La lectura de las cifras correspondientes al lapso citado da cuenta que en 1973, durante pleno gobierno constitucional  -7 meses y 5 días-  fallecieron 28 personas a raíz de atentados terroristas. Durante 1974 fueron asesinadas 90 personas, por elementos terroristas. En 1975 la cifra subió a 190 asesinatos cometidos por elementos terroristas. Y en 1976, hasta el 23 de marzo de ese año se contabilizan los asesinados en 43. O sea un total de 351 asesinatos imputados a elementos terroristas. Aunque parezca mentira también hubo desaparecidos. Pero no se menciona el punto por motivos ideológicos. Desde el 25 de mayo de 1973 hasta el 23 de marzo de 1976 desaparecieron, en circunstancias misteriosas 895 personas… Destaquemos que los gobiernos que estaban al frente del país eran constitucionales.  Nadie se ocupa de investigar quien o quienes fueron los autores tanto de los homicidios como de las desapariciones. Al parecer, los mandatos internacionales, para impedir la punibilidad de tales actos, se refieren única y exclusivamente a la época del gobierno militar. 
 
Estas disposiciones son un elemento clave de las normas del Derecho Internacional Humanitario destinadas a regular la conducción de las hostilidades, es decir la manera en que se realizan las operaciones militares. Prohíben los actos de violencia durante los conflictos armados que no proporcionen una clara ventaja militar. Es importante recordar que incluso los ataques lícitos contra objetivos militares pueden aterrorizar a los civiles. Sin embargo, esas disposiciones prohíben los ataques que deliberadamente se proponen aterrorizar a los civiles, por ejemplo los bombardeos o los tiroteos contra civiles en zonas urbanas.  

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