Los Obispos alemanes elevaron una protesta por las condenas impuestas. Ello no obstante, el general Clay ordena la ejecución de los 12 condenados a muerte en grupos de a diez, conjuntamente con la de otros condenados por distintos crímenes, para el 20 de mayo de 1948. La ejecución no llega a efectuarse, por haber ordenado su suspensión el Secretario de Estado Royall, el 19 de mayo de 1948. Se constituye una Comisión senatorial de la que forma parte el senador católico McCarthy. El general Clay reduce a 6 las penas de muerte haciendo referencia, en su nueva argumentación, a la osadía con que fueron aceptados los medios de prueba que sirvieron de base para la sentencia (abril 1949). McCarthy se retira de la comisión denunciando las relaciones particulares existentes entre el senador Baeldwy y el Comandante Fanton, y entre el senador Kefauver y el Teniente Schumacker ligados por relación de sociedad. El informe de la Comisión considera que no hubo malos tratos por parte de los instructores.
El 31 de enero de 1951, el general Handy rebaja las condenas, conmutando todas las de muerte, siendo atacado violentamente, a consecuencia de esta medida, por la prensa estadounidense.
Consecuencia de los acuerdos de Potsdam, poblaciones alemanas de Prusia Oriental, Pomerania, Silesia y país de los Sudetes, debían abandonar los territorios que ocupaban desde siglos. Esta medida afectaba a unos quince o dieciséis millones de alemanes. Según el acuerdo de Potsdam la evacuación debía hacerse en condiciones humanitarias. Pero las cosas sucedieron de muy distinta forma. Se iniciaron los sufrimientos de estas poblaciones con la entrada de las tropas rusas y con el trato que recibieron de los polacos y checos. Su evacuación fue un trágico éxodo, consecuencia de todo lo cual se calcula que murieron 4.800.000 personas. Esta cifra ahorra ya todo comentario. Después de despojárseles de todo, se les ordenó a viva fuerza que abandonaran sus hogares y sus tierras, y sin medios de transporte debieron partir hacia el Oeste para un calvario al que muchos no habían de sobrevivir. Estas poblaciones estaban constituidas en su mayor parte por mujeres, niños y ancianos.
Comentando este trato dado por los aliados a los alemanes, la conocida periodista y escritora norteamericana Preda Utley hace la siguiente afirmación: "Sólo una cosa es cierta: el bárbaro exterminio de los judíos por Hitler fue superado por el exterminio de alemanes a cargo de las potencias democráticas y amantes de la paz de las Naciones Unidas". Es fácil advertir que la calificación penal que corresponde a tal accionar es, cuanto menos, genocidio. El accionar configura otros tipos penales universales.
El siguiente episodio, casi desconocido en el mundo civilizado, constituye una muestra más del espíritu que animó a las acciones judiciales que se siguieron, única y exclusivamente, a los vencidos. Los autores de este crimen de guerra gozan de la correspondiente impunidad. Un baldón para la calificación de la Justicia Internacional. Un barco diseñado para poco más de mil tripulantes, pero que zarpó del muelle del puerto báltico de Gotenhafen cargado con unos 10 mil refugiados alemanes. Casi la totalidad de ellos, soldados, pero también niños, mujeres y ancianos, murieron en las aguas del Báltico, luego que un submarino soviético lo hundiera, el 30 de enero de 1945. No existe duda alguna que tal evento constituyó un crimen de guerra. Un hecho aberrante que habilitaba que un Tribunal se encargara de juzgar a los responsables de tal episodio. No se hizo absolutamente nada, como en centenares de casos, no se investigó ni se sancionó a los responsables. Existe indudablemente una deuda moral hacia los asesinados en forma tan alevosa. Las circunstancias que permitieron que no se haya podido juzgar a los acusados de este evento ¿se repetirán en similares casos? ¿Podemos hablar de Justicia, con mayúscula, cuando no existe impedimento en actuar de tal forma en un futuro próximo?
El 31 de enero de 1951, el general Handy rebaja las condenas, conmutando todas las de muerte, siendo atacado violentamente, a consecuencia de esta medida, por la prensa estadounidense.
Consecuencia de los acuerdos de Potsdam, poblaciones alemanas de Prusia Oriental, Pomerania, Silesia y país de los Sudetes, debían abandonar los territorios que ocupaban desde siglos. Esta medida afectaba a unos quince o dieciséis millones de alemanes. Según el acuerdo de Potsdam la evacuación debía hacerse en condiciones humanitarias. Pero las cosas sucedieron de muy distinta forma. Se iniciaron los sufrimientos de estas poblaciones con la entrada de las tropas rusas y con el trato que recibieron de los polacos y checos. Su evacuación fue un trágico éxodo, consecuencia de todo lo cual se calcula que murieron 4.800.000 personas. Esta cifra ahorra ya todo comentario. Después de despojárseles de todo, se les ordenó a viva fuerza que abandonaran sus hogares y sus tierras, y sin medios de transporte debieron partir hacia el Oeste para un calvario al que muchos no habían de sobrevivir. Estas poblaciones estaban constituidas en su mayor parte por mujeres, niños y ancianos.
Comentando este trato dado por los aliados a los alemanes, la conocida periodista y escritora norteamericana Preda Utley hace la siguiente afirmación: "Sólo una cosa es cierta: el bárbaro exterminio de los judíos por Hitler fue superado por el exterminio de alemanes a cargo de las potencias democráticas y amantes de la paz de las Naciones Unidas". Es fácil advertir que la calificación penal que corresponde a tal accionar es, cuanto menos, genocidio. El accionar configura otros tipos penales universales.
El siguiente episodio, casi desconocido en el mundo civilizado, constituye una muestra más del espíritu que animó a las acciones judiciales que se siguieron, única y exclusivamente, a los vencidos. Los autores de este crimen de guerra gozan de la correspondiente impunidad. Un baldón para la calificación de la Justicia Internacional. Un barco diseñado para poco más de mil tripulantes, pero que zarpó del muelle del puerto báltico de Gotenhafen cargado con unos 10 mil refugiados alemanes. Casi la totalidad de ellos, soldados, pero también niños, mujeres y ancianos, murieron en las aguas del Báltico, luego que un submarino soviético lo hundiera, el 30 de enero de 1945. No existe duda alguna que tal evento constituyó un crimen de guerra. Un hecho aberrante que habilitaba que un Tribunal se encargara de juzgar a los responsables de tal episodio. No se hizo absolutamente nada, como en centenares de casos, no se investigó ni se sancionó a los responsables. Existe indudablemente una deuda moral hacia los asesinados en forma tan alevosa. Las circunstancias que permitieron que no se haya podido juzgar a los acusados de este evento ¿se repetirán en similares casos? ¿Podemos hablar de Justicia, con mayúscula, cuando no existe impedimento en actuar de tal forma en un futuro próximo?