domingo, noviembre 05, 2006

Capítulo 7 Las potencias No Autorizan la Intervención de la Justicia Internacional

No conozco ningún pronunciamiento, de repudio, ni siquiera suave, de alguna organización defensora de los derechos humanos ni de nuestro país ni del mundo, en general, en relación a la masacre efectuada por los guerrilleros chechenos. O por otras organizaciones, sean estatales o no. Tampoco ha habido pronunciamientos de estas organizaciones, referente a la masacre ocurrida en 1994 en Ruanda, Africa, ocasión en que cerca de un millón de personas, si un millón de personas, fueron asesinadas no por lo que habían hecho, sino por ser lo que eran. Simplemente de una etnia diferente o porque pensaban en forma distinta. Pasado los episodios intervino la Justicia Internacional, con los resultados conocidos.

Oficialmente, solamente merecen sus críticas acerbas, los gobiernos acusados por ellos, cuando no profesan su ideología. Fidel Castro, el tirano de la Isla Prisión de Cuba, no ha recibido una sola crítica. ¿O solamente se califica, a los eventos sangrientos e inhumanos, como de lesa humanidad conforme la ideología de las víctimas? No creo que se haya llegado a esta extravagancia del fundamentalismo ideológico.

La única explicación que encuentro, teniendo en consideración su actitud en nuestro país, donde tesoneramente se ocupan de defender a las víctimas “de la sangrienta represión militar de la Dictadura”, es que rinden tributo fundamentalista a la coherencia por cuanto nunca, absolutamente nunca se han preocupado de las víctimas del otro bando en guerra sean civiles o militares. El único detalle, respecto a su actitud, es que deberían ser consideradas Organizaciones Defensoras de los Derechos Humanos… de los Izquierdistas Radicalizados, por ejemplo. De tal suerte que blanquearían su situación de una buena vez por todas. Incluso cuando reciben los subsidios, se vería que les entregaran solamente los aportes de los ciudadanos que profesan esa aberrante ideología.

Si hubiera existido un precedente, además del Juicio de Nuremberg, en cuanto se hubiera observado la actuación rimbombante de los organismos sedicentes defensores de los derechos humanos; si hubieran accionado contra la jerarquía soviética, de la época en que los enemigos políticos eran exterminados en ese país. O si se hubiera oído su voz, acá en Occidente, durante la Guerra de Argelia, o ante los criminales ataques de la ETA en España contra el legítimo gobierno español, o los del IRA, cosa que no ocurrió, y en tantas ocasiones en que era necesario alzar sus voces para que el Mundo se enterara, entonces sí podríamos afirmar que estamos ante un nuevo Derecho Humanitario defensor de los derechos humanos de todos los habitantes de la Tierra, sin excepción.

Los sangrientos e inhumanos ataques de los terroristas, se encargan por sí, antes que mis palabras, de demostrar palmariamente que estas organizaciones no gubernamentales, se ocupan selectivamente de defender los derechos de los ciudadanos afines a sus ideas, olvidando que la humanidad no se compone solamente de sus adherentes.

Pero a ellos les parece, que quienes no simpatizan con su ideología sencillamente no existen, y así se han encargado de hacerlo notar en cuanta ocasión se les presenta, de tal forma burlan la confianza que todos los ciudadanos de bien han depositado en tales organizaciones. En suma si estos organismos, oportunamente y a lo largo de su existencia mundial, hubieran actuado de buena fe, con lealtad, con firmeza y convicción, tendríamos entonces que trasuntarían credibilidad en su cometido, lo que en el presente no logran obtener ya que su actitud, mas de una vez rozó lo político, pasando por alto distintas situaciones de violaciones a esos derechos conforme la ideología de los acusados.

Un caso paradigmático lo constituye el del señor Fidel Castro. Pero como roza lo político y acá estamos hablando de lo jurídico, continuemos pues con este tópico. Posiblemente encontremos alguna posible solución, en la siguiente afirmación: “El surgimiento de organizaciones no gubernamentales transnacionales eficaces, dedicadas a la promoción y aplicación de los derechos humanos, trajo a la escena mundial un nuevo elenco de actores políticos no estatales…Ciertamente se invadía la soberanía en el sentido de que selectivamente, por lo menos, hasta cierto punto se eludió el escudo contra la responsabilidad externa. … Occidente se unió a las ONG para ejercer presión sobre los países del bloque soviético, especialmente después de los Acuerdos de Helsinki de 1975, en tanto que el Tercer Mundo utilizó la Asamblea General de las Naciones Unidas y su propio movimiento no alineado para dar peso político al fomento del derecho de los pueblos a la autonomía, como convalidación de las luchas contra regímenes coloniales….la desintegración del bloque soviético (y la terminación de la Guerra Fría), el triunfo de la descolonización y la derrota del apartheid in Sudáfrica, la defensa de los derechos humanos a escala internacional contribuyó al logro de unos cuantos resultados de fondo, históricamente importantes y generalmente bien acogidos, ninguno de los cuales se anticipó en cálculos realistas anteriores. …si la soberanía se entiende como inherente al pueblo, o sea la idea de la soberanía popular, que ha través de la historia se ha asociado con la Revolución Francesa, entonces, en muchas situaciones, la realización de los derechos humanos es precisamente el proyecto político que adopta "el soberano" (i.e. el pueblo)…. De hecho, la aceptación de la responsabilidad ante el exterior, en cuanto a los derechos humanos, ocurre en situaciones en las que Estados democráticos buscan proteger un futuro democrático y liberal incluso contra fuerzas antidemocráticas y antiliberales dentro sus propios países…. es particularmente importante hacer la disección del debate sobre la soberanía y los derechos humanos para averiguar quién, a quién y para qué, es decir, precisar las quejas, los actores, los intereses y los valores en contexto. La complejidad permanecerá, pero por lo menos habrá menor tendencia a conducir el debate en una forma manipuladora que obscurece las fuerzas reales en juego y hace virtualmente imposible evaluar las consecuencias de cursos de acción alternativos. *

*“Soberanía y Derechos Humanos La Búsqueda de la Conciliación, de Richard Falk”.

Precedentemente nos referimos a los organismos defensores de los derechos humanos y a su eventualmente débil accionar en ciertas circunstancias. Pero como de la mano, debemos traer a colación la singular situación que se presenta cuando, en algunos casos, la envergadura de una potencia impide que crímenes de lesa humanidad cometidos por integrantes de sus fuerzas armadas o de seguridad, sean investigados o por la justicia del territorio donde ocurrieron los eventos o por la comunidad internacional.
Tal es el caso, entre otros, de la ocupación de Libia por parte de Mussolini, el de Francia en ocasión de la conocida internacionalmente como Guerra de Argelia o el caso de España, donde se cometieron violaciones de los Derechos Humanos, durante la II República, durante la Guerra Civil o en la dictadura de Francisco Franco.

La ocupación de Libia y Abisinia, en 1935 y 1936, por parte de las tropas militares italianas, significó otro de los oscuros episodios, durante los cuales hubo excesos inhumanos y en la que se estima que más de 100 mil personas perdieron la vida, especialmente durante los fusilamientos masivos ,practicados por Mussolini durante la llamada «pacificación».

Sin embargo, el accionar de las tropas militares italianas no tuvo el eco suficiente como para merecer el repudio de la comunidad internacional. Nadie reprochó al dictador italiano haber cometido delitos de lesa humanidad ya que no se ocupó nadie de evitar que ocurrieran tales episodios. A su vez, al finalizar la Segunda Guerra Mundial, luego de la “ejecución” del Duce por parte de los grupos guerrilleros, nada se investigó relacionado con la sangrienta ocupación de esos dos países. Posiblemente si hubiera sucedido lo mismo en la Europa Continental, como en los casos reseñados en el Tribunal Militar de Nuremberg, la actitud mundial hubiera variado y se habría llevado a cabo una exhaustiva investigación al respecto.

Este es uno de los episodios en los que la impunidad, nuevamente, campeó por sus fueros. Un ejemplo en el que, dada la calidad de la víctima, su escasa cuando no nula potencia militar y otro cúmulo de razones económicas y políticas, fungieron para que a nadie se le mueva un pelo por esta invasión y por la conducta asumida por los invasores, hacia las tropas que se habían rendido y hacia la población civil del territorio invadido. Finalizado el conflicto en 1945, en distintos países se sometió a juicio a diversos funcionarios por hechos considerados delitos internacionales, crímenes de guerra, genocidio, delitos de lesa humanidad, etc. En Francia fue enjuiciado el Mariscal de Francia Philippe Pètain, mundialmente conocido por su actuación en la Gran Guerra, es decir en la Primera Guerra Mundial, ocasión en que con su comportamiento colaboró en salvar a Francia de una durísima derrota en manos de las tropas del Káiser. El Mariscal tuvo una actuación muy controvertida, que no es del caso analizar ahora, por lo que fue condenado a muerte, por un Tribunal.

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