
Pero es el caso que no se procedió de tal suerte por lo que, ciertas incorporaciones a nuestro derecho positivo, relacionadas con la sanción a la violación de los Derechos Humanos, no gozan de la necesaria legitimidad, en la totalidad de su contenido.
Un ejemplo, en el siglo XX, notorio en cuanto a que constituyó un acto negador del principio de irretroactividad de las leyes penales, es el constituido por la denominada "Lex Lubbe", que supuso el primer reconocimiento del denominado Derecho Penal autoritario y el reconocimiento del principio de la retroactividad de las leyes penales más graves.
El 27 de Febrero de 1933 fue procesado el súbdito holandés Van der Lubbe por el incendio del Reichtag alemán. Se le aplicó esa ley que fue creada con posterioridad al hecho cometido y se le condenó a muerte; siendo esa disposición, por otra parte, inconstitucional